La Xunta reivindica su "riguroso" cumplimiento con la normativa para tramitar autorizaciones interurbanas de VTC

La directora xeral de Mobilidade, Judit Fontela, ha mantenido este viernes un encuentro solicitado por la Federación Galega de Municipios y Provincias (Fegamp) en el que han participado representantes municipales con el objetivo de abordar cuestiones referidas a los vehículos de turismo con conductor (VTC), "que son de estricta competencia municipal".

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La directora xeral de Mobilidade, Judit Fontela, ha mantenido este viernes un encuentro solicitado por la Federación Galega de Municipios y Provincias (Fegamp) en el que han participado representantes municipales con el objetivo de abordar cuestiones referidas a los vehículos de turismo con conductor (VTC), "que son de estricta competencia municipal".

Sobre esto, ha recordado que la Xunta cumple "rigurosamente" con la normativa vigente y sus competencias al tramitar las autorizaciones interurbanas de VTC domiciliadas en la comunidad, por delegación de competencias del Estado, "siempre que se cumplan los requisitos de la norma y con los criterios ambientales por los que actualmente se conceden".

Así, recuerdan que la legislación estatal se modificó en el año 2023 limitando la concesión de licencias VTC en base a criterios ambientales y de congestión de tráfico, excepto en caso de que los vehículos para los que se solicite la autorización sean eléctricos, cero emisiones de batería, de célula de combustible o de combustión de hidrógeno.

Inciden en que las autorizaciones tienen carácter interurbano, lo que supone que permiten operar en todo el territorio gallego siempre que los trayectos realizados sean entre diferentes municipios, pero no habilitan la realización de recorridos urbanos.

En este caso, apuntan, la normativa estatal prevé la posibilidad de que los ayuntamientos otorguen, si así lo deciden, licencias urbanas, y así lo trasladó Galicia a su regulación.

De este modo, la Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia, incorpora la normativa estatal y establece que, en el supuesto de prever su otorgamiento en las correspondientes ordenanzas municipales, los ayuntamientos serán competentes para el otorgamiento de autorizaciones habilitantes para la prestación de servicios urbanos de arrendamiento de vehículos con conductor a quién disponga previamente de la correspondiente autorización interurbana domiciliada en Galicia.

Por lo tanto, son los ayuntamientos los que deben tomar las decisiones que consideren oportunas respecto de las VTC en el que se refiere a su regulación y concesión de posibles autorizaciones en el ámbito urbano para realizar este tipo de tráficos y también es competencia municipal sancionar cuándo se detecte la realización de tráficos urbanos.

Por otra parte, en lo que se refiere a los deberes de los ayuntamientos con la actividad del sector del taxi, la Ley de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia establece que los municipios, para lograr una debida coordinación y prestación del servicio, podrán regular y ordenar la actividad del taxi en su ámbito territorial, procurando que exista una continuidad en la prestación del servicio de taxi en condiciones óptimas para la ciudadanía.

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