La Xunta publica en el DOG el acuerdo sobre mejoras retributivas para personal de Administración de Justicia
La Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes ha publicado este lunes en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el acuerdo sobre mejoras retributivas para personal de la Administración de Justicia.
En concreto, se da publicidad al acuerdo del Consello de la Xunta del 1 de diciembre de 2025 por el que se aprueba el acuerdo alcanzado el pasado 1 de abril entre la Xunta de Galicia y las organizaciones sindicales SPJ-USO, STAJ, AXG-CUT, UGT, CSIF y CCOO para la mejora de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia de Galicia.
Ahora se da publicidad al acuerdo por el que, entre otras cuestiones, se incluyen incrementos retributivos con concreción del aumento de las cantidades que, para cada cuerpo, se especifican.
El aumento se producirá en tres anualidades (2026, 2027 y 2028), distribuyendo un porcentaje sobre el total del 40% el primer año y el 30% en los dos siguientes, con efectos económicos del respectivo incremento a 1 de enero de 2026, 2027 y 2028.
"Hasta conseguir su totalidad en el último año, de tal forma que el personal funcionario cobrará el primer año el 40% de la cantidad pactada, el segundo año el 70%, y así hasta llegar al 100% en el año 2028", añade.
También se recoge que las organizaciones sindicales firmantes del acuerdo se comprometen al apoyo de la implantación del nuevo modelo de Oficina Judicial, de las oficinas de justicia en los municipios y de las oficinas de registro civil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y a la negociación con la Administración de la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente a cada una de las oficinas.
REGISTRO CIVIL
Por otra parte, el DOG publica también la resolución de la Dirección Xeral de Xustiza por la que se regula el horario especial y las condiciones de trabajo en las oficinas generales del Registro Civil de A Coruña, Vigo, Santiago de Compostela, Ferrol, Lugo, Ourense y Pontevedra.
Así, entre otros aspectos, especifica el número de personal funcionario necesario para la prestación del servicio en los horarios especiales. Así, en jornada vespertina de lunes a viernes y sábados por la mañaña en A Coruña serán tres; en Vigo, otros tantos; en Ferrol, dos; los mismos en Santiago de Compostela, en Ourense y en Pontevedra.
Asimismo, el número máximo de integrantes de los turnos corresponderá con el número de personas que integren la plantilla de las oficinas generales del Registro Civil de A Coruña, Vigo, Santiago de Compostela, Ferrol, Lugo, Ourense y Pontevedra.
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