La conselleira de Medio Ambiente dice que "no hay ideología" en la sanción a Santiago tras mediciones en el río Sar

La conselleira de Medio Ambiente, Ángeles Vázquez, ha aseverado un "cumplimiento estricto de la ley" sobre la sanción de 300.000 euros impuesta por Augas de Galicia al Ayuntamiento de Santiago en relación a un expediente abierto en base a mediciones en el río Sar: "Aquí no hay ideología".

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La conselleira de Medio Ambiente e Cambio Climático, Ángeles Vázquez, antes de intervenir en el debate del texto legislativo.

La conselleira de Medio Ambiente, Ángeles Vázquez, ha aseverado un "cumplimiento estricto de la ley" sobre la sanción de 300.000 euros impuesta por Augas de Galicia al Ayuntamiento de Santiago en relación a un expediente abierto en base a mediciones en el río Sar: "Aquí no hay ideología".

"Estamos para ayudarnos, pero no para saltarnos la ley". Así se ha pronunciado la responsable autonómica, después de que, horas antes, la alcaldesa de Santiago, Goretti Sanmartín, viese "extraños" algunos aspectos de la resolución del organismo autonómico --adscrito al departamento de Vázquez-- y apreciase "un interés por sancionar al Ayuntamiento".

"Santiago tiene un problema, pero un problema derivado de una serie de denuncias ajenas totalmente a Augas de Galicia. Pero, cuando hay una, actúa, con lo cual se hicieron los controles necesarios", ha explicado la conselleira. Según sus declaraciones a los medios, este trámite ha seguido su "curso" y la apertura del expediente responde a los resultados de las mediciones.

En este sentido, Vázquez ha advertido al Ayuntamiento tiene "un problema de carácter judicial", derivado al juzgado y a la Fiscalía, que solicitaron a Augas de Galicia los expedientes de las investigaciones en sí. "No es ni más ni menos la alcaldesa de Santiago", ha añadido.

Por su parte, la Administración local presentará alegaciones a la resolución con fecha del 4 de febrero, día a partir del que disponía 15 días. Paralelamente, los servicios técnicos lo han comunicado a Aquaes, actual responsable de la explotación de la depuradora, y a la empresa prestadora del servicio de saneamiento y abastecimiento para tomar las acciones correspondientes.

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