"Lo que no se puede hacer es, por dejar en mala posición al Gobierno, perjudicar al conjunto de los intereses de los españoles", afirma.
Señala que no hay plazo límite concreto, pero tacha de "esencial" la medida para dotar de "competitividad" a los puertos españoles.
El TSJM hace suya la interpretación realizada en el fallo europeo y subraya que "no se puede discriminar" a la afectada en cuanto a la extinción de la relación laboral como consecuencia del tipo de contrato suscrito.