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La Xunta responsabiliza al Estado del proceso contra Cuac FM y el PSOE recuerda que el TSXG falló contra la Xunta

Patricia Vilán (PSdeG) afea la ausencia de la secretaria xeral de Medios en comisión para "responder a una decisión de su departamento"

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Patricia Vilán (PSdeG) afea la ausencia de la secretaria xeral de Medios en comisión para "responder a una decisión de su departamento"

La Xunta, a través de la directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias, Blanca García-Señorans, ha responsabilizado a la Administración central del proceso abierto contra Cuac FM, radio comunitaria asentada en A Coruña a la que el Gobierno gallego prohibió emitir en frecuencia modulada por no contar con licencia pero que finalmente recibió el respaldo de los juzgados.

La diputada del PSdeG Patricia Vilán ha llevado este caso al Parlamento de Galicia a través de una pregunta formulada en la Comisión 1ª Institucional, de Administración Xeral, Xustiza e Interior, celebrada este viernes.

La parlamentaria socialista ha afeado la ausencia en la comisión de la secretaria xeral de Medios, Mar Sánchez Sierra, que, a su juicio, "debería responder a una decisión que se tomó en su departamento y que es su responsabilidad".

"Cualquier responsable de la Xunta que venga a comisión está hablando en nombre del gobierno", ha respondido García-Señoráns, que ha defendido que la Xunta "se vió obligada a incoar un expediente sancionador en cumplimiento de la ley estatal", pero quien "levantó el acta de infracción" fue la Administración central.

Vilán ha censurado que el Gobierno gallego "interprete" la sentencia del TSXG --ratificada meses después tras la no admisión a trámite del recurso de casación presentado ante el Supremo-- y que trate de "echar balones fuera".

"Ustedes contra Radio María, que está en la misma situación, no fueron. Contra Cuac FM sí", ha espetado la parlamentaria socialista, que lamenta que los 1.000 euros de costas que tendrá que abonar la Xunta "salgan del bolsillo de los gallegos" cuando la decisión de recurrir partió de la Administración por razones "políticas".

CASO DE CUAC FM
El pasado 4 de junio, el Tribunal Supremo tumbó el recurso presentado por la Xunta de Galicia contra el fallo judicial emitido el pasado mes de octubre por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG, que anuló la resolución de la Secretaría Xeral de Medios que prohibía emitir en frecuencia modulada a la radio comunitaria Cuac FM, radicada en A Coruña.

La decisión de no admitir a trámite el recurso de casación de la Xunta convierte en firme la sentencia del tribunal gallego que dejaba sin efecto el expediente sancionador que pesaba contra la emisora, a la que había sido prohibida la emisión en FM a través de una resolución dictada por el Gobierno gallego en febrero de 2018.

Además, la providencia del Supremo también impone a la Administración autonómica el pago de las costas procesales hasta un máximo de 1.000 euros. Fuentes de la Xunta consultadas por Europa Press han indicado que todavía no han recibido la notificación judicial.

A través de un comunicado publicado en su web, Cuac FM muestra su satisfacción por la decisión del Supremo y censura "la utilización de recursos públicos en la persecución de una iniciativa de comunicación ciudadana, y en contra de una interpretación expansiva de los derechos fundamentales y las libertades públicas".

SENTENCIA DEL TXSG
El pasado 25 de octubre, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG emitió una sentencia en la que anuló la resolución de la Secretaría Xeral de Medios de la Xunta de Galicia que prohibía emitir a la radio comunitaria Cuac FM.

El fallo estima el recurso presentado por la Asociación Colectivo de Universitarios Activos (Cuac) contra la prohibición de emisión radiofónica en FM dictada por la Xunta el pasado mes de febrero.

De este modo, el TSXG sentencia que Cuac FM tiene vigente la garantía temporal de emisión, algo que le impedía la Secretaría Xeral de Medios que dirige Mar Sánchez. Así, podrán emitir mientras la administración competente "no se pronuncie de forma motivada y clara sobre la falta de dicha garantía temporal".

La resolución de la Secretaría Xeral de Medios negaba el derecho a emitir a la emisora, a la que, además, advierte "de la comisión de infracción en caso de desobediencia por falta de licencia". El TSXG entiende que Cuac no puede obtener este permiso "dada la inactividad de la Administración".

Los jueces argumentan que la normativa audiovisual permite a los operadores emitir mientras no se regule su actividad por el Estado "previendo la concesión de las oportunas licencias, sin que se haya producido aún la regulación normativa en Galicia".

MEDIOS INFRINGIÓ LA CONSTITUCIÓN
Asimismo, la Sala considera que la Secretaría Xeral de Medios infringió el artículo 20 de la Constitución española, al vulnerar el derecho de las personas a la libertad de expresión y a recibir y comunicar libremente información.

Por lo tanto, apunta que la Administración autonómica contravino "los preceptos legales que constituyen una garantía temporal de emisión para la actividad de libre expresión y comunicación de información y de creación y uso de medios de comunicación, en este caso de los servicios de comunicación audiovisual comunitarios".

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