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Una sentencia anula la RPT del Ayuntamiento de Verín de 2017 por "vulnerar el derecho a la negociación colectiva"

La CIG, que interpuso la demanda, estima que este fallo anula 5 puestos de trabajo y la OPE convocada por el Consistorio para 2019

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La CIG, que interpuso la demanda, estima que este fallo anula 5 puestos de trabajo y la OPE convocada por el Consistorio para 2019

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Ourense ha estimado una demanda de la Confederación Intersindical Galega (CIG) y ha anulado la modificación de la relación de puestos de trabajo (RPT) aprobada por el Ayuntamiento de Verín en el año 2017 por considerar que "vulnera el derecho a la negociación colectiva".

El proceso parte de una demanda interpuesta por el sindicato, que, según se recoge en la sentencia con fecha de 2 de diciembre, tachaba el acuerdo de la RPT de "contrario a derecho" porque el gobierno bipartito de PSOE y BNG "se negó a negociar" seis propuestas y aplazaba el diálogo a "futuros ejercicios".

Sin embargo, el juzgado considera que la justificación dada por la administración, "de que se trataba de un proceso negociador de largo recorrido" que alteraría la aprobación de los próximos presupuestos, no está amparado "en normativa alguna". "Es un mero subterfugio para dilatar y, finalmente no negociar", advierte el fallo.

"Realmente, nunca hubo voluntad por parte del Ayuntamiento de incluirlas (las propuestas de la CIG) en la modificación proyectada, sino que, en todo momento, se excluyeron de la negociación remitiéndose a futuras reuniones y a esa negociación de largo recorrido que, entiendo yo, que en algún momento deberá comenzar", estima el juez.

Además, la CIG alegaba que se había vulnerado el procedimiento legal para crear puestos de trabajo, por "crear de facto y dotar económicamente" unas plazas que "ni siquiera fueron creadas formalmente y aprobadas por el propio pleno municipal".

Por su parte, el Ayuntamiento entendía que la creación de plantilla y personal era "una manifestación de la potestad de autoorganización de la administración local". Sin embargo, el juzgado se remite en el fallo a una sentencia del Tribunal Supremo que "dejó sobradamente claro la obligación de negociación colectiva", un derecho fundamental recogido en el artículo 28 de la Constitución.

ANULA 4 PUESTOS DE TRABAJO
Tras esta sentencia, contra la que se puede interponer recurso de apelación, la CIG ha emitido un comunicado en el que advierte que esta decisión conlleva la anulación de cuatro puestos de trabajo y la oferta pública de empleo (OPE) convocada para el 2019.

Así, el sindicato valora que desde que en el 2016 el gobierno de PSOE y BNG había "incumplido el acuerdo alcanzado" con las organizaciones para actualizar la RPT municipal y renovar los convenios colectivos, las relaciones laborales en la administración "no pueden ir a peor".

"Que a un gobierno progresista le anulen los acuerdos que adopta por falta de negociación es como para que sus socios repiensen si se puede seguir vendiendo progreso a base de decretazos, como hizo durante años en el Ayuntamiento de Verín el Partido Popular", critica la CIG.

Así las cosas, el sindicato ofrece el gobierno del municipio abrir de nuevo un diálogo "sincero y real" sobre las cuestiones "pendientes" de personal "que interesan a los ciudadanos y a los trabajadores". "Si se sigue bloqueando la negociación, será el grupo de gobierno el único responsable de lo que pueda venir", sentencia.

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