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La junta electoral de Galicia resuelve que "no le corresponde" resolver sobre suspender las votaciones en A Mariña

La junta electoral de Galicia ha indicado que "no le corresponde" pronunciarse sobre suspender las votaciones en A Mariña Lucense, como se ha consultado por parte de Marea Galeguista, y ha indicado que, en todo caso, si las actividades administrativas, económicas y sociales se desarrollan con "normalidad", las condiciones de la celebración de elecciones "no se entienden afectadas".

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Ciudadanos en la terraza de un bar de Foz, en la comarca gallega de A Mariña (Lugo), que estará cerrada durante cinco días tras declararse un brote de coronavirus que afecta a más de un centenar de personas, a 5 de julio de 2020.

La junta electoral de Galicia ha indicado que "no le corresponde" pronunciarse sobre suspender las votaciones en A Mariña Lucense, como se ha consultado por parte de Marea Galeguista, y ha indicado que, en todo caso, si las actividades administrativas, económicas y sociales se desarrollan con "normalidad", las condiciones de la celebración de elecciones "no se entienden afectadas".

Así lo recoge una resolución sobre las condiciones del ejercicio de los derechos de sufragio activo de los ciudadanos de A Mariña lucense. Apunta, al respecto, que los procedimientos previstos en la Ley de régimen general y de elecciones al Parlamento de Galicia "son el marco jurídico que garantiza, a través del ejercicio de las competencias de las administraciones públicas, estatal, autonómica y local, la efectividad de sus derechos de participación política".

"No corresponde a esta junta electoral pronunciarse sobre la situación de las elecciones de A Mariña Lucense", recoge la resolución, que indica que mientras las actividades administrativas, económicas y sociales se desarrollen con "normalidad", esta junta electoral "no entiende afectadas las condiciones del proceso electoral, a salvo de lo que pueda acordarse, si es el caso, por las autoridades sanitarias".

Finalmente, recuerda que el sistema normativo vigente asegura el papel de las administraciones electorales y, en su caso, de los juzgados y tribunales de lo contencioso-administrativo y de la justicia constitucional en la tutela del correcto desarrollo del proceso electoral.

Contra esta resolución se puede presentar recurso de alzada ante la junta electoral central, antes de este miércoles a las 11,30 horas.

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