#Claves de la semana

7 años y medio de cárcel para el fisioterapeuta de Carballo que agredió sexualmente a una de sus pacientes​

Rechazan que hubiese consentimiento por parte de la mujer en relación a unos hechos ocurridos en 2020

Condenado a siete años y medio de cárcel un fisioterapeuta de Carballo por agresión sexual a una paciente 



|


La Audiencia Provincial de A Coruña ha emitido su condena contra el profesional de fisioterapia denunciado por una paciente a la que introdujo sus dedos en la vagina. 


Los magistrados consideran que en ningún caso pudo haber consentimiento, toda vez que hubo "una momentánea penetración vaginal, tras girar lateralmente a la afectada en la camilla profesional y bajarle más la ropa".


Archivo - Exterior de la Audiencia Provincial de A Coruña

Audiencia Provincial de A Coruña | Foto: EP


La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un fisioterapeuta a siete años y medio de cárcel por agredir sexualmente a una paciente de una clínica de Carballo en la que ejercía su profesión en 2020, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).


Además, el tribunal le ha impuesto seis años de libertad vigilada, la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante ocho años y la inhabilitación para el ejercicio de su profesión durante cuatro años.


Los magistrados consideran acreditado que el investigado fingió "realizar una sesión normal de fisioterapia", pero, en un momento dado, introdujo sus dedos en la vagina de la víctima, la cual intentó salir de la camilla de masaje, lo que el acusado impidió "presionando fuertemente con la mano su espalda contra la superficie en la que estaba tumbada boca abajo".


Durante el forcejeo, según relatan los magistrados, realizó "una momentánea penetración vaginal, tras girar lateralmente a la afectada en la camilla profesional y bajarle más la ropa".


Tras la agresión, el procesado "quiso calmarla y le pidió que no lo contara", indica el tribunal, quien señala que, al día siguiente, la víctima volvió a otra cita concertada en la clínica y, siguiendo el consejo de su abogada, grabó la conversación que sostuvo con el condenado sobre lo ocurrido.


DESCARTAN "ACTITUD DE PROVOCACIÓN"

Los jueces señalan en la sentencia que la versión de los hechos que ofrece el acusado, quien sostuvo que hubo "una actitud de provocación" por parte de la paciente, es "inaceptable". Así, recalcan que "no cree en el consentimiento de la mujer", pues subrayan que "nada, ninguna conducta de la víctima, apunta en esa dirección".


Además, afirman que "la reacción de nítida oposición" de la afectada impulsa al condenado "al ejercicio de violencia física de entidad e idónea para dominar el acto e impedir a la mujer conducirse según su propia autodeterminación, sin que nadie piense sensatamente hoy en día en fuerza objetivamente irresistible o resistencia de la víctima hasta el límite de sus posibilidades, máxime cuando la desproporción física es patente".


El tribunal sostiene, asimismo, que la declaración "tan verosímil y creíble" de a paciente está corroborada tanto por el contenido de la conversación con el procesado que grabó la propia víctima tras los hechos como por la pericial médico-forense del Imelga.


A eso añade el informe del psiquiatra del complejo hospitalario universitario da Coruña (Chuac), el cual evidencia "un grave trastorno de estrés postraumático, que incide negativamente en varios estadios de la vida ordinaria de la víctima". Contra la sentencia cabe presentar recurso.

Última hora

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora
Cabeceralomasleido 1
Cabecerarecomendados 1

Galiciapress
Plaza de Quintana, 3 15704 Santiago de Compostela
Tlf (34)678803735

redaccion@galiciapress.es o direccion@galiciapress.es
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR POMBA PRESS,S.L.
Aviso legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial - Publicidad
Powered by Bigpress
CLABE