España ante los menores migrantes en 2025: reparto por CCAA y órdenes del Tribunal Supremo
El Consejo de Ministros aprobó en agosto el real decreto de capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de menores no acompañados de las comunidades autónoma
Los menores migrantes no acompañados que llegan a España han acaparado especialmente la atención durante 2025 ya que tras el bloqueo y la tensión entre administraciones, el ejercicio ha quedado marcado por el acuerdo que permitió establecer un sistema de reparto entre comunidades autónomas. Además, el Tribunal Supremo ha recordado al Gobierno central su obligación de hacerse cargo de los niños y adolescentes solicitantes de asilo.
En este sentido, el Ejecutivo cerró en marzo con Junts un acuerdo para el reparto de unos 4.000 menores migrantes que se encontraban en Canarias. El Congreso de los Diputados convalidó en abril el real decreto-ley para llevar a cabo la distribución. En concreto, contó con 179 votos a favor (PSOE y socios), 170 en contra (PP y Vox) y la abstención de UPN.
En el debate, PSOE y socios pidieron a los grupos de la Cámara Baja el apoyo para el real decreto-ley, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias. Este modificó el artículo 35 de la Ley de Extranjería y establece los criterios de reparto de menores migrantes entre las autonomías.
Asimismo, el Consejo de Ministros aprobó en agosto el real decreto de capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de menores no acompañados de las comunidades autónomas. En él, el Gobierno cifró la capacidad ordinaria de los sistemas de acogida en una ratio de 32,6 plazas para niños y adolescentes migrantes no acompañados por cada 100.000 habitantes para el conjunto de España.
Tras la aprobación de este real decreto, aquellas comunidades y ciudades autónomas que multipliquen por tres su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, lo que activará el protocolo de traslados.
El Gobierno estableció que la capacidad ordinaria de acogida es de 2.827 plazas en Andalucía, 2.650 en Cataluña y 2.325 en la Comunidad de Madrid, las tres regiones que tienen mayor capacidad ordinaria de acogida.
Por comunidades, Aragón tiene una capacidad ordinaria de acogida de 441 menores, Asturias de 331, Islas Baleares de 406, Canarias de 737, Cantabria de 194, Castilla y León de 783, Castilla-La Mancha de 692, Extremadura de 344, Galicia de 886, Murcia de 517, Navarra de 223, País Vasco de 731, La Rioja de 107, Ceuta de 27 y Melilla de 28.
MENORES MIGRANTES SOLICITANTES DE ASILO
Por otro lado, en marzo el Tribunal Supremo ha pedido este año hasta en tres ocasiones al Ejecutivo que se hiciese cargo con sus propios medios de unos 1.000 menores migrantes no acompañados que habían solicitado asilo en Canarias. El primer auto tuvo lugar en marzo.
Posteriormente, en junio, el Tribunal Supremo volvió a intervenir y amenazó con sanciones coercitivas si el Ejecutivo no adoptaba de forma urgente las medidas solicitadas. También en octubre emitió un nuevo requerimiento dándole 15 días improrrogables.
Por su parte, el Gobierno dio por cumplido el 21 de noviembre el auto del Supremo, tras ofrecer 817 plazas para menores migrantes solicitantes de asilo, coincidiendo con la finalización del plazo. Ya en diciembre, el Supremo requirió al Gobierno para que en un plazo de 30 días se haga cargo de los menores migrantes solicitantes de asilo de los que se encarga la Comunidad de Madrid.
El Supremo dictó la medida a través de un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y que se refiere a los menores no acompañados que hayan solicitado protección internacional o manifestado su voluntad de pedirla, "con la necesaria colaboración y cooperación de la comunidad autónoma requirente".
Los magistrados disponen que las actuaciones "deberán desarrollarse bajo el principio del superior interés del menor" y que el Gobierno deberá dar cuenta al Supremo, al finalizar ese plazo de un mes, de lo que ha hecho para cumplir lo requerido.
EL TÉRMINO 'MENA' Y SU USO DESPECTIVO
En este caso, la Comunidad de Madrid presentó un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación del requerimiento efectuado el pasado julio al Gobierno central para que adoptara lo solicitado y, además, solicitó la medida cautelar ahora adoptada.
Por si fuera poco, la RAE avanzó recientemente que incoporaba el uso despectivo que se hace del acrónimo 'mena' para referirse a estos menores. Aunque el término ya había sido incorporado al diccionario de la institución anteriormente sin que nadie se opusiese, las valoraciones han arreciado a final de año.
El Gobierno, a través de sus secretarios de Estado de Migraciones, Pilar Cancela (PSOE), y Juventud, Ruben Pérez (Sumar), han lamentado la presencia de la palabra en diccionario y advertido de que es un término que "deshumaniza" aunque entienden que la RAE actúa como mero notario del uso que los españoles hacen de la lengua. También las ONG han lamentado ahora la presencia de este término en el diccionario.
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