Cuando la ley dice “sí” y el poder responde “no”: el colapso ético de Cataluña ante los alertadores

Carmen P. Flores

 

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Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)- Archivo - Europa Press
 

Hay un momento en el que la madurez de una democracia se mide no por las leyes que aprueba, sino por lo que hace cuando un juez dicta, negro sobre blanco, que se ha cometido una injusticia. Ya lo decía el jurista alemán Gustav Radbruch: “Donde la injusticia es intolerable, la ley cede ante la justicia”

 

En Cataluña, ese momento lleva veinte años posponiéndose. Lo que comenzó en 2006 como una denuncia interna por irregularidades en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Departamento de Justicia se ha convertido, tras tres sentencias firmes y una cadena de omisiones institucionales, en un manual de cómo desactivar las garantías de los alertadores sin necesidad de derogarlas. La ilegalidad está acreditada judicialmente. La reparación, sistemáticamente negada.

 

El caso es paradigmático por su crudeza y su trazabilidad documental. Dos funcionarios expusieron precariedad y disfunciones estructurales. La administración respondió con una resolución que los acusó de “conchupancia y conspiración” y los cesó por “necesidades del servicio”. Los tribunales, entre 2008 y 2012, desmontaron ese relato: calificaron la actuación de desviación de poder de por sí perversa, condenaron al Departamento por accidente de trabajo y por infracción de la normativa de riesgos laborales.

 

Lo esperable en un Estado de derecho habría sido la revisión automática, la rectificación institucional y la restitución del honor profesional. Lo que ocurrió fue lo contrario: un silencio cómplice que se extendió como mancha de aceite por los órganos de control. Ya lo escribía la polifacética filósofa Hannah Arendt: “La mentira política moderna no se limita a ocultar los hechos; busca destruir la categoría misma de la verdad”.

 

Esta advertencia judicial ilumina el patrón documentado: omitir calificativos judiciales clave, archivar expedientes sin rectificar y normalizar la ilegalidad mediante resoluciones que invierten los roles. No es solo inacción; es una estrategia de desactivación de la verdad factual. Cuando la Oficina Antifrau sustituye “desviación de poder de por sí perversa” por “falta de motivación”, o cuando el Síndic de Greuges cierra expedientes sin exigir la rectificación de una resolución estigmatizante, no están aplicando criterio técnico. Están participando en la erosión institucional de la verdad.

 

Si el patrón ya era preocupante, el Dictamen 1/2024 del Comité Asesor de Ética Pública (CAEP) lo convirtió en doctrina. Por primera vez en décadas, un órgano ético del Govern reconoce una desviación de poder acreditada judicialmente y, sin embargo, concluye que no hay abuso, que no afecta a la integridad de los responsables y que no impide nuevos nombramientos. Es decir: la ilegalidad existe, pero no importa. “La ética pública no es un adorno retórico, sino la condición mínima de la confianza democrática”, ha dicho en más de una ocasión , la filósofa Victoria Camps.

 

Sin reparación, la ética se convierte en simulacro. Y cuando la confianza se quiebra, la legitimidad de las instituciones se resquebraja con ella. Esta alquimia administrativa no es un error de interpretación; es un diseño consciente. Transforma la integridad en un trámite estéril, donde el reconocimiento formal de la culpa sustituye a la responsabilidad efectiva. El mensaje a los futuros alertadores es diáfano: pueden tener la razón, pero no tendrán amparo.

 

España y Cataluña no carecen de normativa. La Directiva (UE) 2019/1937, transpuesta mediante la Ley 2/2023, promete canales seguros, prohibición de represalias, inversión de la carga de la prueba y mecanismos de reparación. Sobre el papel, es un avance histórico. En la práctica, choca con una arquitectura institucional diseñada para la inercia.

 

El derecho no es solo validez formal, sino pretensión de justicia. Un ordenamiento que reconoce vulneraciones, pero se niega a restaurarlas, no protege derechos; administra poder”, escribía el jurista Manuel Atienza. La Oficina Antifrau archiva sin aplicar sus propias normas de actuación. La Presidencia deriva sin resolver.

 

 El resultado es un bucle de reconocimiento vacío: “Sí, hubo ilegalidad. No, no vamos a hacer nada”. La ley protege al alertador; la administración lo normaliza como daño colateral. Detrás de cada expediente hay vidas. La estigmatización prolongada, el aislamiento laboral, el desgaste psicológico y la incertidumbre jurídica no son efectos secundarios: son el resultado previsible de un sistema que castiga al mensajero. Cuando las instituciones aprenden a convivir con sentencias firmes sin reparar sus efectos, se rompe el contrato social. Se envía un mensaje corrosivo a la función pública: denunciar irregularidades no es un deber cívico, es una carrera profesional suicida.

 

La encrucijada es clara. O se reforma la arquitectura de control dotando a los órganos de garantía de independencia real, recursos suficientes y capacidad ejecutiva vinculante, o se asume que las leyes de protección de alertadores son decoración legislativa. Se necesitan protocolos de reparación automática tras sentencia firme, registros públicos de resoluciones con protección de datos, formación obligatoria en ética para altos cargos y una cultura institucional que entienda la denuncia como lealtad al interés general.

 

La Autoridad Independiente de Protección del Alertador debe ser más que un acrónimo en el boletín oficial: tiene que ser un contrapeso real, con poder para obligar, no solo para recomendar.

Cataluña no se enfrenta a un caso aislado, sino a un test de madurez democrática. Un Estado de derecho no se mide por cuántas leyes aprueba, sino por cómo responde cuando un juez dice que aquello estuvo mal. Veinte años después, la respuesta institucional ha sido el archivo, la derivación sin efecto y la doctrina de la indiferencia. “La justicia no se mide por la perfección de las instituciones, sino por su capacidad real de corregir las injusticias que ellas mismas generan o toleran”, sostenía Amartya Sen.

 

La memoria judicial no caduca, y la opinión pública ya no puede fingir que no lo ve. Proteger a quien alerta no es un favor institucional: es el precio mínimo de la transparencia. Y hasta que no se pague, la ética pública seguirá siendo, en la práctica, un eufemismo.

 

 

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