#Claves de la semana

Un oficial de la Brilat de Pontevedra acosó sexualmente a una soldado en su despacho

El contacto físico se limitó a abrazos indeseados pero las reiteradas llamadas al despacho para largas reuniones sin motivo oficial y con insinuaciones acabaron haciendo mella en la salud psíquica de la denunciante.


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Archivo - Toma de mando del nuevo jefe de la Brilat, el general Alfonso Pardo de Santayana
Archivo - Toma de mando del nuevo jefe de la Brilat, el general Alfonso Pardo de Santayana

 

Un subteniente del Ejército de Tierra ha sido condenado a dos años de prisión por un delito consumado de abuso de autoridad en su modalidad de acoso sexual, en concurso ideal heterogéneo con sendos delitos de abuso sexual y lesiones psíquicas.

El procesado era brigada cuando ocurrieron los hechos y estaba destinado en la Brigada Galicia VII (BRILAT) con sede en Figueirido (Pontevedra).

El Tribunal Militar de A Coruña le impone la suspensión de empleo durante el tiempo de la condena y la pena accesoria de revocación de ascenso, además de la prohibición de comunicación por cualquier medio con la víctima, sus familiares y pareja (también militar) durante el tiempo de cinco años.

En esta sentencia se han tenido en cuenta las circunstancias atenuantes de "reparación del daño causado" y "dilaciones indebidas".

En concepto de responsabilidad civil el subteniente deberá abonar a la víctima la cantidad de 50.000 euros correspondientes a la indemnización por los ciento ochenta y tres días de baja laboral a causa del daño psíquico a consecuencia de los hechos denunciados, según consta acreditado en el informe médico forense que señala la existencia de un "estrés postraumático, con sintomatología ansioso depresiva y repercusión funcional moderada". En esta indemnización se Incluyen los daños morales ocasionados.

Por último, el acusado deberá abonar la cantidad de 13.000 euros en concepto de costas procesales. De todas estas cantidades se declara la responsabilidad civil subsidiaria del Estado.
 

GRAVACIÓN COMO PRUEBA
Según se recoge en la sentencia, el brigada encausado era el jefe de la unidad en la que estaba la soldado a la que citaba en su despacho en diversas ocasiones para tener reuniones "de larga duración", en las que "no se trataban asuntos del servicio", sino que el brigada preguntaba por cuestiones de su vida personal y en las que el acusado "mantenía largos silencios mirando a la soldado de arriba abajo, suspirando y moviendo la cabeza de lado a lado".

Además, de manera reiterada le ofrecía abrazos o le decía "qué rica eres" buscando el contacto físico y llegando a abrazarla "en contra de su voluntad".

El simple hecho de ser llamada por el brigada provocó en la soldado una "fuerte ansiedad, angustia y pánico". Ésta llegó a grabar una de las conversaciones mantenidas en el despacho con su teléfono móvil que presentó como prueba.
 

 


 

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