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Publicada la creación del Consello Técnico de Seguimento e Mellora da Calidade no Control Oficial en Saúde Pública

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este miércoles la creación del Consello Técnico de Seguimento e Mellora da Calidade no Control Oficial en Saúde Pública.

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este miércoles la creación del Consello Técnico de Seguimento e Mellora da Calidade no Control Oficial en Saúde Pública.

En la exposición de motivos, la Xunta recuerda que el control oficial en salud pública comprende las inspecciones y los controles efectuados por las autoridades competentes para verificar el cumplimiento de la normativa en el ámbito alimentario y ambiental por parte de un operador y garantizar la protección de la salud pública de la población frente a los riesgos asociados al consumo de alimentos y frente a los riesgos físicos, químicos y biológicos asociados a factores medioambientales.

De conformidad con el decreto 136/2019, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidade, corresponden a este departamento las competencias en materia de sanidad que el Estatuto de autonomía atribuye a la Xunta, así también se recogen las funciones tanto de la Dirección General de Salud Pública como de las jefaturas territoriales de la Consellería de Sanidad.

El Gobierno gallego considera "prioritario" disponer de un órgano de asesoramiento técnico en cuanto al control oficial en salud pública en la Comunidad gallega, con el objetivo de homogeneizar los criterios en este ámbito, desarrollar acciones en el ámbito de la mejora de la calidad de dicho control sanitario, así como diseñar los cauces más efectivos de coordinación.

Así las cosas, mediante la disposición publicada en el DOG se crea el Consello Técnico de Seguimento e Mellora da Calidade no Control Oficial en Saúde Pública como órgano colegiado interno de asesoramiento de la consellería competente en materia de sanidad, adscrito al órgano directivo con competencia en el desarrollo de programas en materia de salud pública.

OBJETIVOS
Este consejo tiene como objetivo general "contribuir a la mejora en las actividades de control oficial en salud pública", mediante el establecimiento y la mejora continua de procedimientos normalizados de trabajo (PNT), la definición de criterios técnicos homogéneos para su aplicación en la inspección de salud pública y la coordinación de las medidas posteriores a dichas inspecciones en toda la Comunidad Autónoma de Galicia.

Entre sus funciones, se encuentran proponer e impulsar procedimientos de mejora de la calidad en la inspección de salud pública realizando en el análisis de los resultados de las supervisiones y de las auditorías internas dentro de un sistema de mejora continua.

Además, también tiene como objetivo promover la estandarización en las actuaciones del control oficial para alcanzar una uniformidad en la gradación de las infracciones, así como coordinar el seguimiento y la revisión de las actuaciones posteriores, desarrollando las herramientas informáticas que resulten necesarias.

Según recoge el DOG, también tiene como fin fomentar la formación en materia de calidad de todo el personal implicado en el control oficial, solicitar informes técnicos sobre los temas que, en el ámbito de su competencia, se considere oportunos y colaborar con las entidades estatales y europeas desarrollando sus recomendaciones en materia de calidad y compartiendo la información obtenida en la Comunidad gallega.

COMPOSICIÓN
Por otra parte, el consejo técnico elaborará y aprobará su reglamento de organización y funcionamiento interno. Formarán parte del consejo técnico la dirección xeral de Saúde Pública --o en quien delegue-- como presidenta; y una persona que ostente la condición de personal estatutario o funcionario del servicio con competencias en el diseño e implantación de la política de calidad establecida para los servicios de inspección de salud pública, como secretaria.

Además, se nombrarán ocho vocales, entre los que se encontrará una persona del servicio con competencia en tramitación de expedientes sancionadores.

Las personas que ocupen la Secretaría y las vocalías del consejo técnico serán nombradas y cesadas por la persona titular de la consellería competente en materia de sanidad a propuesta de la persona titular de la dirección general con competencia en materia de control oficial en salud pública. Los nombramientos se realizarán por un período de tres años, prorrogable de manera sucesiva al finalizar cada trienio.

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