El exasesor jurídico de Raxoi que impulsó el recurso de las estatuas de Abraham e Isaac: "Es un éxito de mucha gente"
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 (EUROPA PRESS)
"Es un éxito de mucha gente, del trabajo de varios equipos, gobiernos, grupos y expertos". Es el mensaje que quiere dejar Manuel Cutrín Domínguez, quien era jefe de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Santiago en el momento en el que se articuló el recurso contra la sentencia de la Audiencia de Madrid que desestimaba la petición a la familia de Francisco Franco de que fuesen restituidas dos estatuas atribuidas al Mestre Mateo.
Tanto es así que, en declaraciones a Europa Press, Cutrín, que dejó hace unos tres meses la dirección de la Asesoría Xurídica en el Consistorio compostelano, ha destacado con especial intensidad el trabajo hecho en su mismo cargo por Xaquín Monteagudo durante el mandato de Martiño Noriega, dado que la demanda inicial del Ayuntamiento de Santiago para tratar de recuperar esas estatuas data de 2017.
"Han tenido que pasar más de siete años", ha destacado Cutrín, en la misma jornada en la que ha trascendido que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha condenado a los herederos del dictador a restituir al Ayuntamiento de Santiago de Compostela las esculturas de Abraham e Isaac atribuidas al Mestre Mateo que formaban parte del Pórtico de la Gloria de la Catedral.
La demanda que en su día interpuso el Ayuntamiento de Santiago contra los nietos de Franco por las estatuas de Abraham e Isaac, ponía el foco en que fueron adquiridas por el Consistorio al conde de Ximonde el 4 de junio de 1948 por 60.000 pesetas, y luego entregadas a los Franco "sin resolución ni negocio jurídico" alguno. Enfrente, los Franco sostenían que, por "tradición oral" de la familia eran conocedores de que Franco había comprado las piezas a un particular.
Sin embargo, el eje determinante del fallo del Supremo se asienta en la identificación de las esculturas.
ESTRATEGIA DEL RECURSO
No en vano, Cutrín ha relatado que la acción reivindicatoria del Ayuntamiento de Santiago para que las estatuas fuesen devueltas al patrimonio público se asentaba "en tres patas": poder demostrar que el demandante era el dueño de las esculturas en litigio, que estas estaban en posesión de un tercero (los Franco) e identificar con claridad que las esculturas demandadas eran las que estaban en el Pazo de Meirás.
La Audiencia de Madrid asumía los dos primeros preceptos, pero no la identificación y asentaba en esa "tercera pata" su decisión de desestimar la demanda, por lo que el letrado explica que decidió asociar dos recursos (el de infracción procesual con el de casación).
El primero se centraba en demostrar la identificación con fotografías y documentación que ya se había incluido en un anexo en fases judiciales previas y es el que ha atendido el Tribunal Supremo, que ve "un error patente en la valoración de la prueba" y considera que no hay duda de que las estatuas que pedía el Ayuntamiento son las que tenían los Franco en su poder.
Al ver completado el único requisito que faltaba para estimar la acción reivindicatoria, el Supremo da la razón al Ayuntamiento de Santiago sin más trámites y sin entrar a resolver siquiera el recurso de casación.
¿FUTURAS DECISIONES?
Cutrín ha admitido que en el círculo jurídico y él mismo tuvo sus dudas del éxito de la estrategia elegida, pero que finalmente ha dado frutos y concluye en una sentencia que ha sido celebrada desde las distintas administraciones y partidos.
No en vano, el letrado incide en que el trabajo conjunto, con la implicación de expertos y administraciones, es la base del éxito, y ha ratificado que "ahí queda" ante otras futuras sentencias pendientes sobre bienes de los Franco.
Pero rememora las decisiones judiciales previas a la del Supremo para concluir que "nunca se puede prejuzgar nada".
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