Los establecimientos de Santiago deberán declarar del uno al 20 de enero lo recaudado por la tasa turística
El concejal de Facenda, Manuel César Vila, ha trasladado que los establecimientos turísticos tendrán que ingresar entre el uno y el 20 de enero las recargas de los impuestos de estancias turísticas de los tres primeros meses de vigencia -- octubre, noviembre y diciembre --, para que la tesorería municipal realice la liquidación. A partir de ahora, las recargas se harán de forma semestral.
Así lo ha señalado César durante una rueda de prensa en la que ha informado de la entrada en vigor, este miércoles, de una serie de modificaciones técnicas en diversas ordenanzas fiscales y en la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los tributos municipales.
Una reforma que, remarca, "no altera los tipos impositivos vigentes ni implica incremento alguno en las cuantías que debe abonar la ciudadanía". Así, centran el alcance en la "mejora de la gestión, simplificación administrativa, adaptación a la normativa estatal y jurisprudencial y en la introducción de medidas extrafiscales de carácter urbanístico y ambiental".
De esta manera, ha explicado que se establece que las solicitudes de beneficios fiscales y las peticiones de adhesión al sistema especial de pagos deban presentarse antes del uno de enero para ser aplicables al ejercicio siguiente, aunque los beneficios fiscales se pueden solicitar en cualquier momento antes de la notificación de un procedimiento de inspección o comprobación. Los plazos de fraccionamiento son tres, cinco o nueve meses.
En cuanto a las deudas, las superiores a 150.00 euros y hasta 3.000 euros se podrán aplazar o fraccionar hasta 12 meses; las superiores a 3.000 euros y hasta 6.000 euros podrán aplazarse o fraccionarse hasta 18 meses; y las superiores a 6.000 euros y casos excepcionales, se podrán fijar períodos de concesión diferentes de los anteriores en razón de la cuantía, sin exceder de dos años.
Entre otros aspectos, Vila ha indicado que en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, la reforma responde principalmente a criterios ambientales y a la adaptación a la Orden estatal PCI/810/2018.
A partir de ahora gozarán de una bonificación del 50% durante cinco años los vehículos clasificados como Cero Emisiones por la Dirección Xeral de Tráfico y de una bonificación del 25% los vehículos ECO, también durante cinco años desde la fecha de la primera matriculación. Además, se mantienen con carácter transitorio durante cinco ejercicios, los beneficios fiscales de los vehículos que ya estaban bonificados por utilizar energías alternativas.
VIVIENDAS VACÍAS
Con respecto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el concejal ha avanzado que se establece una recarga a las viviendas desocupadas durante más de dos años y pertenecientes a titulares con cuatro o más inmuebles de uso residencial.
Esto, explicó, permitirá gravar un 50 % más cuando las viviendas estén desocupadas con carácter permanente, un 100 % si acumulan más de tres años en esa situación, y se aplicaría un 50 % adicional, si pertenecen a titulares de dos o más inmuebles vacíos.
También, este punto incluye otra novedad, la equiparación de las bonificaciones de las viviendas de protección autonómica a la de promoción pública los tres primeros años.
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