Una doctora acusada de acceder al historial de una compañera en A Coruña alega que fue una vez con fin "asistencial"

La acusación particular pide tres años y medio de prisión mientras Fiscalía y defensa reclaman su libre absolución

|

La acusación particular pide tres años y medio de prisión mientras Fiscalía y defensa reclaman su libre absolución

Una doctora acusada de acceder "sin conocimiento ni consentimiento" al historial clínico de una compañera en dos ocasiones, en 2015 y 2016, ha reconocido haber entrado en una ocasión en el expediente de la denunciante con "finalidad asistencial", pero no en las fechas señaladas.

Así lo ha manifestado durante el juicio celebrado este miércoles en la Audiencia Provincial de A Coruña. "Fue en 2010, estaba muy malita cuando parió", ha explicado la procesada respecto a esa intromisión para añadir que lo hizo "voluntariamente" con la intención de "vigilar qué hacían los obstetras". "Nos hemos cuidado y hemos trabajado siempre juntas", ha recalcado en alusión a la "buena relación" que las unía.

En cuanto al delito que se le imputa, y en relación a los años a los que la acusación particular hace referencia, ha negado cualquier acceso y ha apuntado a la posibilidad de que otra persona pudiera haber usado sus credenciales para entrar en el expediente. "Yo me muevo mucho en consulta, progresivamente hemos aumentado el cuidado con la tarjeta pero en ese tiempo no tenía esos cuidados", ha alegado.

"PROFUNDA ANGUSTIA"
Por su parte, en su declaración en Sala, la denunciante ha insistido en que "nunca" fue paciente de su compañera ni le solicitó una "actuación médica". Asimismo, ha asegurado que el hecho de que haya accedido a su historial le ha provocado "profunda angustia".

"Me ha generado preocupación, son datos muy sensibles respecto a problemas emocionales con claro estigma social y referentes a mi hija, una menor, y mi marido", ha explicado para añadir que desconoce el "uso que se ha hecho de eso".

Cuestionada por el posible motivo de esta presunta intromisión en su intimidad, la mujer ha argumentado que mantenía una mala relación con la encausada debido a "desavenencias respecto a la libranza de guardias". "Corté por completo con ella y presenté quejas en múltiples correos", ha concretado.

CÓDIGO PERSONAL
En la vista también han declarado, entre otros, varios facultativos que trabajaban en el mismo servicio que las doctoras, quienes han explicado que el acceso informático al historial de los pacientes se hace con una tarjeta y un código personal.

"Pecamos de no ser rigurosos en custodiar de forma adecuada el sistema", han coincidido para añadir que no utilizan "un despacho único ni un ordenador a título individual" sino que comparten "recursos".

"Dejamos las tarjetas metidas con la sesión iniciada y vamos al baño o a tomar un café", han reconocido también y han apuntado que "no es nada extraño que un adjunto le deje su tarjeta a un residente".

HECHOS
Según el escrito fiscal, fue en dos ocasiones, en 2015 y 2016, sin que se pudiese acreditar durante la fase de instrucción a qué contenido se accedió ni el tiempo de permanencia en dicho programa durante los accesos o que se causase un perjuicio a la denunciante. En concreto, señala que se utilizaron "las credenciales de usuario y contraseña de la doctora, sin el conocimiento ni consentimiento de su compañera".

"Sin entrar en los indicios de autoría contra la denunciada y la valoración de la tesis alternativa de la defensa, que pudo acceder un tercero utilizando sus credenciales", el Ministerio Público argumenta que no se cumple "el requisito típico exigido por la jurisprudencia de haber causado un perjuicio por el acceso no autorizado".

"Lo que el precepto sanciona no es el acceso no autorizado al fichero, sino el acceso no autorizado al dato", añade. "Y si se accedió al sistema tampoco se divulgó/comunicó a terceros el contenido de lo accedido, ni la denunciante ha acreditado ningún perjuicio derivado de dichos accesos".

"En conclusión, la posición de la Fiscalía es la misma que mantuvimos al darle el visto al auto de sobreseimiento y al oponernos a los recursos de la acusación particular: no se ha acreditado debidamente la comisión de un delito contra la intimidad previsto en el artículo 197.2 del Código Penal, y tal postura se materializa a través de la petición de sobreseimiento", recalca.

PETICIÓN DE CONDENA
Así, en la lectura de conclusiones, el representante del Ministerio Público ha solicitado la libre absolución de la procesada, igual que la defensa quien ha argumentado que "no hubo acceso a la información" y ha apelado al "sentido común". "No ha quedado acreditado si ella accedió aunque lo hayan hecho con sus claves", ha incidido la abogada.

En contraposición, la acusación particular ha reclamado tres años y medio de prisión, diez años de inhabilitación completa y el pago de una indemnización de 18.000 euros a la denunciante.

"La acusada ha reconocido haber accedido años antes sin permiso, esto demuestra su facilidad para introducirse en historias clínicas ajenas, en particular en la de la perjudicada", ha señalado el letrado.

Última hora

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora
Cabeceralomasleido 1
Cabecerarecomendados 1

Galiciapress
Plaza de Quintana, 3 15704 Santiago de Compostela
Tlf (34)678803735

redaccion@galiciapress.es o direccion@galiciapress.es
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR POMBA PRESS,S.L.
Aviso legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial - Publicidad
Powered by Bigpress
CLABE