Absuelto el empresario albanés al que Fiscalía relacionaba con los 54 kilos de heroína intervenidos en un coche en Tui
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha acordado absolver a Nikolin J., a quien la Fiscalía acusaba de un delito de tráfico de drogas, al no ver acreditada su participación en los hechos, por los que ya fueron juzgadas y condenadas otras tres personas.
El procesado, empresario de origen albanés dedicado al sector de la cerámica y los azulejos, fue juzgado el pasado mes de septiembre, más de siete años después de que se celebrara la vista contra otros seis acusados por los mismos hechos. En aquel momento, Nikolin J. fue declarado en rebeldía procesal, pero se presentó en 2025 ante las autoridades en Pontevedra, y fue defendido en este proceso por la conocida penalista Carmen Ventoso.
Los hechos se remontan a 2016, cuando la Policía, tras casi un año de investigación, se incautó de unos 54 kilos de heroína ocultos en 'caletas' en un coche de alta gama estacionado en un hotel de Tui (Pontevedra). Las pesquisas policiales permitieron constatar que el conductor del coche, el ciudadano albanés Rinush G., había transportado la droga desde Holanda a Galicia.
Como resultado del operativo, fueron detenidos ese hombre albanés; el receptor de la heroína y su mujer, Castor M.G. y María del Carmen C. (afincados en Mos); otro ciudadano albanés; y otros dos gallegos. Tras el juicio, celebrado en Pontevedra en mayo de 2018, fueron absueltos tres de los supuestos implicados, mientras que hubo condenas de prisión para el matrimonio (10 años de cárcel para él y 6 años para ella), por tráfico de drogas y blanqueo; y para el conductor del coche 'caleteado' (6 años y medio de prisión).
En el procedimiento contra Nikolin J. la Fiscalía sostuvo que este empresario había mantenido varios encuentros con Castor en Baiona y Barcelona (donde también se vio con Rinush), y que dichas reuniones, junto a otros indicios, como la adopción de medidas de seguridad, se debían a su implicación en ese transporte de heroína.
La Audiencia de Pontevedra considera probado que se produjeron esas reuniones y conversaciones, cuyo contenido se desconoce, y apunta que el propio acusado las reconoce, así como la relación de amistad con Castor y su mujer. No obstante, el tribunal señala que no se puede determinar sin género de dudas que Nikolin estaba concertado con esas personas para planificar el envío de la heroína.
Al respecto señala que, de los encuentros, no puede deducirse la implicación en el delito y apunta también que, al margen del encuentro en Barcelona, no constan comunicaciones entre Nikolin y su compatriota Rinush.
En el juicio, el acusado negó cualquier participación en el tráfico de drogas, y justificó su presencia en España por motivos de amistad (para acudir a la celebración de las bodas de plata de su amigo Castor) y profesionales.
La sentencia, del pasado 20 de febrero, no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
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