El TSXG obliga a la Xunta a mantener la "protección" de su estrategia verde a una zona afectada por el proyecto de Altri

La sentencia recoge que para justificar esta "corrección" es necesaria una "especial motivación", que en este caso no consta

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Archivo - Proyecto 'Gama', que planea Altri para Palas de Rei (Lugo).

La sentencia recoge que para justificar esta "corrección" es necesaria una "especial motivación", que en este caso no consta

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado que la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático debe mantener en su estrategia verde la "protección" de terrenos donde, según expuso la acusación, se planeaba instalar la fábrica de Altri en Palas de Rei (Lugo).

Una sentencia del 13 de febrero de 2026, avanzada por 'Nós Diario' y consultada por Europa Press, ha estimado el recurso presentado por la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega), que denunció que la Xunta había eliminado del plan una zona de amortiguamiento que "afecta" a la Serra do Careón, incluida en la Red Natura 2000.

La decisión del juzgado, a la que cabe interponer recurso de casación, afecta a la "corrección" que el departamento autonómico realizó en su Estratexia galega de infraestrutura verde e conectividade e restauración ecolóxicas entre el proceso de información pública y la orden finalmente publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el 10 de febrero de 2025.

Según recuerda el TSXG, se entiende por zonas de amortiguamiento son áreas de territorio que actúan como tapón entre la matriz del paisaje y los corredores ecológicos y espacios naturales protegidos. Todo ello dentro de hábitats de interés comunitario de carácter prioritario y de hábitats para especies incluidas en los catálogos gallego y español de especies amenazadas.

FALTA DE "ESPECIAL MOTIVACIÓN"
La sentencia constata que la zona de amortiguamiento fue eliminada y exige que, para realizar el cambio y "promover la desprotección de esos terrenos", la Consellería debe aportar una "especial motivación" que justificase la medida con base en un "interés general o público", que en este caso "no consta".

"Extremo que es muy relevante por cuanto es contradictorio y sumamente extraño sin motivación, por un lado reconocer la relevancia ambiental de ese espacio y que posteriormente tras haber transcurrido el trámite de información pública se modifique dicho reconocimiento", añade la resolución.

Aunque los magistrados no pueden "valorar" la coincidencia de la zona en cuestión como el lugar en el que se valora realizar el proyecto de Altri, ello es, a juicio del TSXG, "indiferente" a los efectos de resolver la cuestión.

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