La Xunta eliminó a dedo y sin motivo la protección de los terrenos de Altri, sentencia el TSXG

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia demoledora contra la planificación ambiental del Gobierno autonómico. La justicia ha determinado que la Administración retiró sin ningún tipo de justificación la protección de un área clave en la Sierra del Careón, coincidiendo precisamente con el emplazamiento previsto para la macrocelulosa de Altri en la comarca de la Ulloa. Esta resolución judicial llega en un momento político muy sensible para la Xunta, coincidiendo con el reciente archivo del proyecto industrial por falta de fondos y suministros.


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Mapa publicado en el DOG finalmente, con los terrenos de Altri enmarcados con una línea amarilla por la SGHN
Mapa publicado en el DOG finalmente, con los terrenos de Altri enmarcados con una línea amarilla por la SGHN

 

 

La justicia gallega ha puesto freno a lo que los colectivos ecologistas calificaron como una maniobra para favorecer intereses industriales específicos. En una reciente resolución con fecha del 13 de febrero de 2026 a la que aaba de aceder Galiciapress, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la asociación ecoloxista ADEGA contra la Estrategia gallega de la Infraestructura verde. La sala de lo contencioso-administrativo ha declarado la nulidad de la orden emitida por la Consellería de Medio Ambiente al detectar que se eliminó de forma arbitraria el blindaje ecológico de terrenos situados en el epicentro de la polémica por la planta de celulosa de la multinacional Altri.

 

El núcleo de la controversia reside en la supresión de la denominada "zona de amortiguamiento", un área perimetral diseñada para proteger ecosistemas vulnerables. Originalmente, los documentos técnicos de la Xunta incluían este nivel de protección para los terrenos colindantes a la Sierra del Careón, un espacio que ya forma parte de la Red Natura 2000 como zona de especial conservación. Sin embargo, tras el periodo de exposición pública, este estatus desapareció del documento final publicado en el Diario Oficial de Galicia a principios de 2025, dejando desprotegido el suelo donde se proyectaba la macrofactoría. 

 

Cuestionado varias veces sobre esta cuestión en su día, el presidente de la Xunta obvió la pregunta. Galiciapress preguntó hoy a la Xunta, sin recibir por ahora respuesta.

 

Para los magistrados, este cambio de criterio carece de la necesaria base legal y técnica que requiere cualquier modificación de la normativa ambiental. La sentencia subraya que la Consellería de Medio Ambiente no aportó ninguna motivación especial para justificar que un terreno que inicialmente se consideraba merecedor de protección dejase de serlo de un día para otro. El tribunal tilda de "sumamente extraño" que la propia Administración reconozca primero la relevancia ambiental de ese espacio y luego retire su blindaje sin explicar qué interés general superior avala tal retroceso.

 

Mapa expuesto al público
Mapa expuesto al público

Un principio legal innegociable

El fallo judicial se fundamenta de manera sólida en el denominado principio de no regresión, un pilar del derecho ambiental moderno que impide reducir los niveles de protección ya alcanzados. Según explica el TSXG, las Administraciones Públicas no pueden aprobar normativas que supongan una rebaja cuantitativa o cualitativa de la conservación del entorno natural sin una justificación pública extraordinaria. En este caso, la Xunta habría vulnerado este principio al desmantelar el "escudo" protector que evitaba impactos dañinos externos sobre los hábitats prioritarios de la zona.

Aunque el tribunal aclara que no le compete evaluar el proyecto industrial en sí mismo por ser un plan de futuro, sí reconoce la evidente coincidencia geográfica denunciada por los recurrentes.

 

ADEGA sostuvo durante el proceso que la planificación de la infraestructura verde gallega fue "podada" específicamente para que no hubiese obstáculos legales que impidieran el desembarco de la multinacional portuguesa en la comarca de la Ulloa. La decisión judicial obliga ahora a mantener la protección tal y como figuraba antes de que se realizara la corrección sospechosa en los mapas oficiales.

 

Las implicaciones técnicas de esta sentencia son profundas, ya que las zonas de amortiguamiento no son meros dibujos en un mapa, sino espacios que albergan hábitats de interés comunitario y especies en peligro. La propia estrategia de la Xunta definía estas áreas como esenciales para mitigar la actividad humana y proteger la biodiversidad en las zonas núcleo de la Red Natura. Al eliminar esta figura de protección, se ponía en riesgo la supervivencia de flora y fauna amenazada que habita en los terrenos que Altri pretendía transformar para su actividad industrial.

 

Archivo - Proyecto 'Gama', que planea Altri para Palas de Rei (Lugo).
Archivo - Proyecto 'Gama', que planea Altri para Palas de Rei (Lugo).

Un proyecto herido de muerte

Esta derrota judicial para el Ejecutivo gallego se suma a una serie de obstáculos que parecen haber sentenciado definitivamente la llegada de la macrocelulosa. Apenas unos días antes de conocerse el fallo del TSXG, la propia Xunta anunció el archivo del proyecto de Altri, motivado principalmente por la negativa del Gobierno central a facilitar la conexión eléctrica necesaria y por la exclusión de la empresa de las ayudas de los fondos PERTE de descarbonización. Este anuncio supuso un punto de inflexión tras dos años de intensa movilización social en Galicia contra la planta.

 

La contestación ciudadana ha sido uno de los motores que ha mantenido el foco sobre las posibles irregularidades del proceso administrativo. Miles de personas se manifestaron de forma recurrente para denunciar el potencial impacto ambiental que la macrofactoría tendría no solo en la comarca de la Ulloa, sino también en los sectores productivos de la ría de Arousa debido al uso de recursos hídricos. La victoria judicial de ADEGA refuerza la posición de los colectivos sociales, que siempre sospecharon de un trato de favor normativo por parte de San Caetano hacia la multinacional.

 

Por su parte, la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático ha optado por el silencio tras la notificación de la sentencia. El departamento que dirige Ángeles Vázquez no ha realizado valoraciones públicas inmediatas, limitándose a dejar el asunto en manos de los servicios jurídicos de la Xunta. No obstante, el Gobierno gallego todavía dispone de un plazo de 30 días para decidir si presenta un recurso de casación ante el Tribunal Supremo o si acepta la restauración de la protección ambiental en los mapas de la infraestructura verde.

 

Incertidumbre en la planificación verde

La jurisprudencia citada por los magistrados en el fallo recuerda que la potestad de planificación urbanística y territorial no es un cheque en blanco para los gobernantes. La sentencia invoca decisiones anteriores del Tribunal Supremo que exigen un "plus de motivación" cuando se pretende edificar o desproteger terrenos que anteriormente gozaban de salvaguardas ecológicas. Esta exigencia garantiza que el desarrollo sostenible no sea una simple etiqueta vacía, sino una obligación legal que debe prevalecer frente a intereses económicos coyunturales.

 

La resolución no supone la anulación total de la Estrategia de Infraestructura Verde de Galicia, sino una estimación parcial centrada en la protección de la zona en litigio. El efecto práctico es que la Xunta debe revertir la desprotección y asegurar que los terrenos de la Ulloa mantengan las limitaciones de uso y las garantías de conservación originales. Este mandato judicial obliga a la Administración a replantear su gestión del territorio bajo criterios estrictamente ambientales, lejos de las urgencias políticas que rodearon la tramitación del proyecto estrella de la legislatura. 

 

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