Los padres policía no coaccionaron a la profesora del IES As Lagoas de Ourense

Los acusados, que son agentes de la Policía Nacional, absueltos en primera instancia. Uno de ellos fue al centro uniformado a protestar contra la maestra  de Matemáticas..


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Esquelas por matemáticas en el IES As Lagoas en una imagen cedida a La Voz
Esquelas por matemáticas en el IES As Lagoas en una imagen cedida a La Voz

 

La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ourense, plaza 1, ha absuelto de un delito leve de coacciones a los padres de un alumno acusados de coaccionar a una profesora de matemáticas del IES As Lagoas de la ciudad.

El magistrado entiende que la actuación de los mismos respecto a una docente "en ningún caso puede considerarse como una conducta violenta orientada a forzar y quebrar la libertad de la perjudicada".

En la sentencia, de la que ha informado este martes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el juez explica que estaban acusados de haber orquestado una campaña de acoso contra una profesora.

Sin embargo, tras analizar las pruebas testimoniales y documentales, concluye que no se acreditaron las acusaciones de desprestigio o humillación profesional hacia la docente.

De esta forma, indica que las acciones de los denunciados, que incluyeron la organización de una concentración y la distribución de pasquines, se enmarcan en el ejercicio de la libertad de expresión, pues afirma que no se demostró que se hubiera ejercido violencia o intimidación.

De hecho, subraya que los pasquines "no van dirigidos contra ella ni tienen un contenido ofensivo, injurioso o vejatorio", pues "simplemente ponen de manifiesto su descontento con la forma en la que la dirección del centro estaba gestionando un problema planteado con la forma de impartir clases de una profesora".

Por ello, asegura que no puede entenderse que la manifestación y la colocación de dichos pasquines "supongan una vulneración del ordenamiento jurídico penal y, mucho menos, que atenten contra la libertad de una persona".

"Este juzgador entiende que lo que se ha producido es una fuerte discrepancia entre padres de alumnos y una profesora por la forma en la que esta impartía las clases y que la dirección del centro no supo gestionar de forma totalmente adecuada", explica el magistrado en el fallo, en el que señala que, a partir de ese momento, "los padres acudieron a vías externas de naturaleza no educativa para intentar hacer oír su voz".

En la resolución, destaca que "lo único que pretendían es hacer ver lo que consideraban un problema grave, pero en ningún caso se puede considerar que dicha conducta estuviese orientada a coartar la libertad de la denunciante obligándola a realizar algún tipo de conducta contraria a su voluntad, y ello con independencia de que, efectivamente, pudiese haberse sentido muy violenta, incómoda y molesta por dicha situación".

Así, señala que "ninguna prueba se ha practicado en el acto del juicio a la hora de acreditar cualquier acusación de contenido falso o cualquier actuación que buscase el desprestigio y la humillación profesional de la denunciante". La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso de apelación.

 

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