El Supremo avala la condena de 10 años y 4 meses a un hombre que intentó matar a otro de un disparo en Ferrol

El Tribunal Supremo ha dictado una resolución en la que inadmite un recurso de casación interpuesto por la representación del hombre que fue condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña a penas que sumaron 10 años y 4 meses de cárcel, por los delitos de tentativa de asesinato y tenencia ilícita de armas, y ha avalado la condena, que fue ratificada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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El Tribunal Supremo ha dictado una resolución en la que inadmite un recurso de casación interpuesto por la representación del hombre que fue condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña a penas que sumaron 10 años y 4 meses de cárcel, por los delitos de tentativa de asesinato y tenencia ilícita de armas, y ha avalado la condena, que fue ratificada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 29 de junio de 2023, cuando se produjo una discusión entre el acusado y la víctima, en un domicilio de la ciudad. En el curso de esta discusión, el acusado se ausentó de la habitación en la que estaban y volvió al momento con una pistola semiautomática, con la que disparó hacia la cara a la víctima, a muy corta distancia.

El perjudicado acabó con heridas en un hombro, así como en el labio y en el cuello, y quedó con secuelas físicas. Por estos hechos, la Audiencia de A Coruña condenó al procesado a 9 años de cárcel por un delito de asesinato intentado, y a 1 año y cuatro meses de cárcel por tenencia ilícita de armas. Esta condena fue ratificada posteriormente por el TSXG.

En su resolución, de marzo pasado, el Tribunal Supremo avala esas sentencias e inadmite el recurso de casación interpuesto, basado en una supuesta infracción del derecho a la tutela judicial efectiva, del derecho a un proceso con todas las garantías, y por aceptar como probados hechos que infrigieron preceptos penales.

Así, la defensa mantenía, entre otras cuestiones, que no se había practicado prueba de cargo suficiente (el acusado negó haber realizado el disparo) y que se había vulnerado el principio 'in dubio pro reo'. Igualmente, sostenía que no se había probado el ánimo por matar por parte del acusado.

Pero el alto tribunal ha rechazado estas alegaciones y ha acordado inadmitir el recurso de casación.

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