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Condenados a penas de 9 a 18 meses de cárcel siete empleados bancarios por la trama de las 5 Jotas

Permitían al líder de la trama abrir cuentas a nombre de terceros, sin su conocimiento, y con firmas falsificadas

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Permitían al líder de la trama abrir cuentas a nombre de terceros, sin su conocimiento, y con firmas falsificadas

El juzgado de lo Penal número 1 de Vigo ha dictado sentencia condenatoria contra 7 empleados de diferentes sucursales bancarias de la ciudad, por un delito continuado de falsedad en documento mercantil, y les impone penas que van desde los 9 a los 18 meses de prisión por su participación en la conocida como trama de las 5 Jotas.

En esta causa, se sentaron en el banquillo de los acusados 11 empleados de sucursales de La Caixa, BBVA, Banco de Galicia y Banesto, además del 'cabecilla' de la trama, el administrador del grupo de empresas 5 Jotas, José Manuel Costas.

La jueza ha considerado probado que tanto los empleados de La Caixa, como los del BBVA y los del Banco de Galicia realizaron operaciones bancarias irregulares y permitieron al administrador del grupo 5 Jotas abrir cuentas a nombre de otras personas sin el conocimiento o consentimiento de éstas. El propio José Manuel Costas falseaba las firmas de los supuestos titulares, y realizaba a su antojo movimientos de ingreso y reintegro de grandes cantidades de dinero, incluyendo cheques y pagarés, en todas las oficinas, salvo en el caso de la sucursal de Banesto, donde las cantidades eran muy inferiores.

Los tres empleados de La Caixa y los dos del BBVA admitieron los hechos en el juicio, y el tribunal, siguiendo la petición del Ministerio Fiscal, los ha condenado a 9 meses de prisión y el pago de una multa de 1.080 euros.

VERSIONES "NO CREÍBLES"
Por otra parte, la jueza considera que "no es creíble" que los empleados del Banco de Galicia acusados --salvo uno de ellos, que fue absuelto porque no trabajaba en la sucursal en el momento de los hechos-- no tuvieran conocimiento de las operaciones irregulares, sobre todo teniendo en cuenta que se trata de una "sucursal de barrio" y no una gran oficina.

Por ello, ha condenado al director y al interventor de la entidad a la pena de un año y medio de prisión, al pago de multas de 2.100 euros, y la inhabilitación para el ejercicio de actividad relacionada con la banca durante el tiempo de la condena.

En el caso de José Manuel Costas, la magistrada establece una pena de 6 meses de prisión pero se da la circunstancia de que acumula un sinfín de condenas por esta trama (hay más de 80 sentencias) y, como lo máximo que se le puede imponer es el triple de la condena más alta, 6 años de cárcel, queda agotada la punición por ese delito continuado.

La jueza aplica, en todas las condenas, la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que la causa se abrió en enero de 2008 y el juicio se ha celebrado más de 10 años después.

Finalmente, el juzgado de lo Penal declara la absolución de tres empleadas de una sucursal de Banesto, así como de otro del Banco de Galicia, que ya no trabajaba en la oficina cuando se cometieron esos delitos.

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