La Xunta reduce a un solo ejercicio las oposiciones para cubrir las 205 plazas de personal subalterno

La Consellería de Facenda ha publicado este lunes en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la convocatoria de las oposiciones para cubrir 205 plazas de personal subalterno y tres de ordenanza, que tendrán un procedimiento más ágil al constar de un solo ejercicio obligatorio y eliminatorio.

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La Consellería de Facenda ha publicado este lunes en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la convocatoria de las oposiciones para cubrir 205 plazas de personal subalterno y tres de ordenanza, que tendrán un procedimiento más ágil al constar de un solo ejercicio obligatorio y eliminatorio.

Según informa la Xunta, este cambio es introducido con el objetivo de "agilizar todo el proceso", lo que permitirá que las personas que obtengan una de las plazas de empleo accedan "antes" a ella.

El ejercicio consistirá en un cuestionario de 60 preguntas tipo test propuestas por el tribunal, de las que 20 corresponderán a la parte común del programa y 40 a la parte específica. Además, también esta prueba se simplificará, puesto que cada pregunta contará con tres opciones, de las que solo una será la correcta. Este examen tendrá lugar antes de los siete meses posteriores a la publicación de la convocatoria en el DOG --este lunes--.

A parte de esta prueba obligatoria, también habrá una segunda para evidenciar el conocimiento del gallego, si bien quedarán exentas de ella las personas que acrediten el 'Celga 2' o equivalente.

Una vez acaben estas pruebas de la fase de oposición, la Xunta procederá a evaluar los méritos que acredite cada aspirante, ya que el procedimiento se realiza a través del concurso-oposición.

Todo aquel que quiera apuntarse en la convocatoria, que es de acceso libre, tendrá un plazo de 20 días hábiles que empezarán a contar a partir de este martes. Deberán hacerlo a través del modelo de solicitud que se facilita en Internet y tendrán que abonar la tasa correspondiente.

Los participantes deben tener cumplidos los 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa. En caso de plazas de personal laboral, los aspitantes deberán acreditar también el haber cursado la escolaridad obligatoria en el sistema educativo español.

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