Aprobada la modificación da Lei do Solo, con límite de 7 metros para obras de ampliación en suelo rústico

El Consello da Xunta ha aprobado este jueves la aprobación de la modificación del reglamento da Lei do Solo, en la que se enmiendan diversos aspectos detectados durante su vigencia y que el Gobierno gallego busca concretar y matizar por la falta de claridad del texto original.

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El Consello da Xunta ha aprobado este jueves la aprobación de la modificación del reglamento da Lei do Solo, en la que se enmiendan diversos aspectos detectados durante su vigencia y que el Gobierno gallego busca concretar y matizar por la falta de claridad del texto original.

Uno de los puntos está dirigido en materia de rehabilitación de construcciones tradicionales para evitar la dispersión y el feísmo. Así, se facilita la reconstrucción y ampliación de edificios tradicionales en suelos de núcleos rurales o suelo rústico, con el único límite de siete metros de altura para obras de ampliación.

Según ha explicado el presidente da Xunta, Alberto Núñez Feijóo, en la rueda de prensa posterior al Consello, "había una duda interpretativa" de lo que suponía esta distancia en la normativa, que se ciñe a las obras de ampliación y no al edificio en sí.

La modificación también completa la regulación con un supuesto excepcional de viviendas vinculadas a explotaciones agropecuarias, permitiendo viviendas para temporeros cuando el ciclo de los productos exija el trabajo coordinado de personas que la oferta laboral local no pueda atender. Una vez fuera de temporada, podrá destinarse a otros usos admitidos en suelo rústico.

Feijóo ha señalado, así, que se mirará "caso por caso" para ver las posibilidades de que se pueda construir en este tipo de suelo para dentro y fuera de temporada.

También se incluyen cambios en materia de turismo, concretando el concepto de albergues turísticos vinculados a la red de los Caminos de Santiago y extendiéndose a los que se sitúan en un ámbito con declaración de bien de interés cultural. Finalmente, otras modificaciones afectan a la interpretación de la aplicación del Plan Básico Autonómico, de aplicación directa para municipios que no cuenten con instrumentos de planeamiento general.

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