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SEIS MESES PARA SU MUJER Y ABSUELTO SU HIJO

Condenado a 10 años de prisión el ladrón del Códice

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado al ex-electricista de la Catedral de Santiago, José Manuel Fernández Castiñeiras, a diez años de prisión por hurto, robo continuado y blanqueo de capitales.


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José Manuel fernández

Según la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial con sede en Santiago relativa al juicio del robo del Códice Calixtino, Castiñeiras ha sido condenado, además, a abonar una multa de unos 268.425 euros, así como su mujer, Remedios Nieto, que ha sido condenada a seis meses de prisión por blanqueo de capitales.


Los magistrados consideran probado, en una sentencia de 59 folios, que el exelectricista ha cometido un delito de hurto por la sustracción del manuscrito, un delito continuado de robo con fuerza en las cosas por la sustracción de diversas cantidades de dineroy documentación y un delito de blanqueo de capitales por la compra de inmuebles con dinero de procedencia ilícita.

En concreto, José Manuel Fernández Castiñeiras ha sido condenado como autor responsable de un delito de hurto a tres años de prisión, a cinco años por un delito continuado de robo con fuerza en las cosas ydos por un delito de blanqueo de capitales y una multa de 268.425,11 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de seis meses.

No obstante, lo absuelven de los delitos contra la intimidad de los que fue acusado, "ya que ninguno de los tres agraviados ha presentado denuncia por estos hechos". Sin embargo, ha sido condenado a indemnizar al exdeán José María Fernández Díaz en la cantidad de 2.720 euros.

Mientras, el tribunal condena a su esposa a seis meses de prisión y multa de 268.000 euros por un delito de blanqueo de capitales."El acusado planeó utilizar el dinero sustraído e introducirlo en el tráfico mercantil, invirtiéndolo en la adquisición de fincas urbanas para lo cual se puso de acuerdo con su mujer, quien era conocedora de la ausencia de medios de vida lícitos que justificasen la posesión de grandes cantidades de dinero en efectivo", sostienen los magistrados.

Sin embargo, el hijo de la pareja ha sido absuelto al entender el tribunal que "no existen indicios suficientes" de los cuales se pueda inferir su participación en el delito de blanqueo.

COMISO DE LOS PISOS

El fallo judicial indica que se decreta también el comiso de los dos pisos, situados en Sanxenxo (Pontevedra) y en la población coruñesa de Milladoiro, que el acusado y su mujer adquirieron con dinero robado. "Considera esta Sala que concurren todos los elementos del delito de blanqueo", argumenta el tribunal, que añade que "no hay duda del comportamiento doloso del acusado que, habiendo cometido las sustracciones, adquiere los pisos y los pone a su nombre, de su mujer y de su hijo, sabiendo que el dinero procede de una actividad delictiva".

"Fernández Castiñeiras y doña Remedios Nieto Mayo decidieron invertir una parte importante del dinero sustraído en la adquisición de dos inmuebles en la localidad del Milladoiro y en A Revolta", señala el fallo. La compra del primer inmueble con trastero y dos plazas de garaje se realizó en abril de 2005 y el coste de la operación, según precio de escritura, ascendió a 107.394,84 euros, incluyendo el IVA. La segunda operación se realizó en febrero de 2008 y el precio de la compra se elevó a los 160.770,71 euros. "En ambos casos, el dinero se abonó en efectivo", precisa la sentencia.

El tribunal considera probado que el Fernández Castiñeiras "planeó utilizar el dinero sustraído e introducirlo en el tráfico mercantil, invirtiéndolo en la adquisición de fincas urbanas para lo cual se puso de acuerdo con su mujer, quien era conocedora de la ausencia de medios de vida lícitos que justificasen la posesión de grandes cantidades de dinero en efectivo".

Asimismo, condenan al acusado a indemnizar con 2.447.590,68 euros a la Catedral, el dinero que la sala considera que le fue sustraído. Parte de este dinero, casi 1.700.000 euros, ya han sido entregados a la Catedral por la Audiencia, al tratarse de dinero intervenido al ahora condenado, según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

HECHOS PROBADOS

"La sustracción del Códice Calixtino por parte del acusado José Manuel Fernández Castiñeiras ha quedado demostrada en base a las declaraciones prestadas por el propio acusado en fase de instrucción", destaca en el fallo la Audiencia.

"Aunque en el acto del juicio oral se negó a responder a las preguntas del Ministerio Fiscal y de la acusación particular y a preguntas de la defensa se limitó a decir que no vio el Códice, en dos de las declaraciones realizadas ante el juez instructor en fechas diferentes sí reconoció haber sustraído el manuscrito", subraya y añade que "dicha sustracción ha quedado probada, además, en base al hecho de que el Códice hubiese aparecido en un garaje propiedad del acusado".

En la sentencia, recogida por Europa Press, el tribunal considera probado que "en una fecha no determinada entre los días 30 de junio de 2011 y 5 de julio del mismo año, con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito", Castiñeiras acudió, "como solía hacer de forma habitual", al recinto de la Catedral. "Una vez en su interior, se dirigió al claustro y después de atravesar varias puertas de la zona del Archivo que no consta estuviesen cerradas, llegó hasta la Cámara en la que se encontraba depositado el Códice Calixtino, cámara cuya puerta tenía las llaves puestas", esgrime.

Una vez dentro de la cámara, según señala la sentencia, "se apoderó del Códice y ocultándolo entre sus ropas, salió del recinto catedralicio hacia el exterior, cogió su coche y se trasladó hasta el garaje de su propiedad situado en la calle Cruxa, de la localidad de Milladoiro, en donde dejó depositado el libro en el interior de una caja y envuelto en una bolsa dentro de papeles de periódico" hasta que fue localizado por la Policía el día 4 de julio de 2012 "en buen estado de conservación y sin haber sufrido desperfectos".

También considera probado el hecho de que "abría la caja fuerte con las llaves y sacaba diversas sumas de dinero que se guardaban en la misma procedentes de diversas actividades de la Catedral tales como visitas a museos o cubiertas, arrendamientos de inmuebles, ventas de productos o donativos de distinta especie o concepto". Mediante este sistema el acusado "se apoderó a lo largo de los años de, al menos, la cantidad de 2.447.590,68 euros" y cogió "30.106 dólares estadounidenses y otras cantidades en otras divisas".

La Fiscalía pedía para el principal acusado por la sustracción del Códice Calixtino 15 años de prisión, mientras que la acusación particular ejercida por la Catedral solicitaba 31. 

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