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España prolonga hasta el 1 de mayo los controles en la frontera con Portugal por la situación sanitaria

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado la orden por la que se mantienen los controles en la frontera interior terrestre con Portugal, restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

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Un agente da el alto a un camión en un punto fronterizo entre Portugal y España donde están realizando controles de movilidad, a 5 de abril de abril de 2021, en Zarza la Mayor, Cáceres, (España). En el dispositivo, puesto en marcha entre los puntos de Mon

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado la orden por la que se mantienen los controles en la frontera interior terrestre con Portugal, restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

De este modo, la nueva orden mantiene los controles restablecidos temporalmente en la frontera interior terrestre con Portugal hasta las 00.59 horas del 1 de mayo de 2021.

El texto refleja que los efectos de la Orden INT/316/2021, de 1 de abril, por la que se prorrogan los controles en la frontera interior terrestre con Portugal, restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria, han finalizado este 16 de abril, a las 00.59 horas.

No obstante, la situación epidemiológica en España y Portugal aún aconseja el mantenimiento de medidas preventivas restrictivas de la movilidad en el interior del territorio y, en justa correspondencia, tras las debidas consultas con las autoridades portuguesas, se ha decidido mantener los controles en la frontera interior terrestre entre ambos países.

Esta decisión se adopta en virtud del artículo 25.3 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen), y se considera una medida proporcionada a la gravedad de la situación y congruente con las adoptadas en el interior del territorio español.

Esta medida se notificará, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a los Estados miembros de la Unión Europea, así como a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo y al Consejo.

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