El TSXG pregunta al TJUE si denegar el complemento de maternidad en las pensiones de los hombres es discriminación

Los magistrados suspenden el procedimiento, iniciado tras un recurso de un padre de Vigo, hasta que se pronuncie la justicia europea

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Archivo - Sede TSXG

Los magistrados suspenden el procedimiento, iniciado tras un recurso de un padre de Vigo, hasta que se pronuncie la justicia europea

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se pronuncie sobre si el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de denegar siempre el complemento de maternidad a los hombres pensionistas constituye una discriminación por razón de sexo.

Según explica el alto tribunal gallego en un comunicado, los varones se ven obligados a "reclamar en vía judicial" el citado complemento, por lo que solicita a la justicia europea que determine si incurre en discriminación en lugar de ser "un incumplimiento normativo, tal y como defiende el INSS".

Esta cuestión prejudicial parte de una demanda presentada por un padre con dos hijos al que un juzgado de Vigo había reconocido, en octubre de 2019, una prestación de incapacidad permanente absoluta sobre una base de 1.972,87 euros.

Así, en noviembre de 2020, este hombre solicitó al INSS el complemento de maternidad, que consiste en un aumento del 5 por ciento de la prestación, pero le fue denegado. Por ello, recurrió a la vía judicial.

En primera instancia, el Juzgado de lo Social número 2 de Vigo entendió que la Seguridad Social había incurrido en un incumplimiento "estrictamente normativo", por lo que le concedió dicha prestación al demandante desde la fecha de su solicitud --tres meses atrás--.

El afectado, sin embargo, recurrió esta decisión ante el TSXG por entender que le deben conceder el complemento de maternidad desde la fecha en la que le otorgaron la prestación, es decir, en octurbre de 2019, porque de lo contrario lo considera una discriminación por razón de sexo.

Por el momento, el alto tribunal gallego ha acordado suspender el procedimiento hasta que se pronuncie el TJUE, cuya respuesta condicionará la fecha desde la cual debe tener efecto el reconocimiento del complemento del complemento: si desde tres meses antes de la presentación de la solicitud o desde diciembre de 2019, fecha en la que el tribunal europeo dictó otra sentencia en la que reconocía el derecho de los padres a percibir un aumento de la pensión por cada hijo.

Los magistrados también solicitan, en función de la respuesta a las dos cuestiones anteriores, que el TJUE dictamine si procede indemnizar a los afectados por los daños y perjuicios causados por parte del INSS.

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