El yacimiento arqueológico de Adro Vello, en O Grove (Pontevedra), queda protegido como BIC

El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este martes el expediente de incoación para declarar como Bien de Interés Cultural (BIC) en la categoría de zona arqueológica el yacimiento de Adro Vello, en O Grove (Pontevedra). Con esta publicación, el yacimiento pasa de inmediato a estar protegido por la Lei do Patrimonio Cultural de Galicia.

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este martes el expediente de incoación para declarar como Bien de Interés Cultural (BIC) en la categoría de zona arqueológica el yacimiento de Adro Vello, en O Grove (Pontevedra). Con esta publicación, el yacimiento pasa de inmediato a estar protegido por la Lei do Patrimonio Cultural de Galicia.

La declaración como BIC afecta la zona ubicada en el borde de la playa de Carreiro, en la parroquia de San Vicente do Mar, y la medida se fundamenta en su interés científico y cultural, así como en su importancia histórica y arqueológica, que lo configuran como uno de los bienes arqueológicos más singulares de la comunidad gallega.

Sobre esta singularidad, la Xunta traslada, a través de un comunicado, que la documentación aportada en la declaración establece que la zona arqueológica de Adro Vello constituye un hito de importancia clave para comprender el pasado y presente de la comarca de O Salnés.

La zona cuenta con una variada tipología de restos: una factoría de salazón, una villa romana, un sistema defensivo, una iglesia, restos de cerámica o una necrópolis de inhumación con hasta diez niveles. Todo ello avala el potencial de Adro Vello como una de las zonas arqueológicas más importantes del noroeste peninsular.

De este modo, la incoación del expediente y su publicación en el DOG supone la aplicación inmediata, provisional hasta su aprobación definitiva, en un plazo máximo de dos años, de la máxima protección y tutela.

La apertura del procedimiento implicará también su inscripción de forma preventiva en el Rexistro de Bens de Interese Cultural de Galicia y que se le comunique al Rexistro Xeral de Bens de Interese Cultural de Galicia de la Administración del Estado.

DELIMITACIÓN DE LA ZONA
Según la Xunta, tanto la delimitación como el contorno de protección se ha determinado siguiendo una serie de criterios que permiten la conservación efectiva de los restos, atendiendo a la probable extensión de los mismos y la morfología del terreno. Para esto, se ha procurado seguir los límites actuales del catastro y la orografía de la zona, donde también se integra parte de la playa debido a la aparición constante de restos arqueológicos.

Además, en el entorno de protección están integrados todos aquellos elementos arqueológicos, arquitectónicos y etnográficos próximos al yacimiento que habían sido localizados o recuperados desde la época romana hasta la actualidad con el objetivo de preservar los espacios cuya utilidad pueda estar vinculada a la comprensión de los valores culturales, de estudio o de apreciación de este yacimiento.

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