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El TSXG anula la modificación del PEPRI Casco Vello en el ámbito de la Panificadora de Vigo

La Sala de lo Contencioso Administrativo, sección segunda, del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado sentencia por la que anula el acuerdo plenario que aprobó la modificación puntual del PEPRI Casco Vello en el ámbito de la Panificadora de Vigo.

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Archivo - Vista aérea del ámbito de la antigua Panificadora de Vigo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo, sección segunda, del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado sentencia por la que anula el acuerdo plenario que aprobó la modificación puntual del PEPRI Casco Vello en el ámbito de la Panificadora de Vigo.

Según la sentencia, del 4 de marzo, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acuerdo plenario, de diciembre de 2020, debe ser anulado al haberse vulnerado el principio de jerarquía normativa, ya que la modificación del PEPRI recoge la localización de sistemas generales y equipamientos públicos, cuando esas determinaciones corresponden al Plan General.

Con estos argumentos fue impugnado el acuerdo plenario por parte de Promociones Montelouro, copropietaria de la antigua Panificadora, y que vio como ese ámbito pasaba de una edificabilidad cercana a los 30.000 metros cuadrados (en virtud de un convenio firmado hace casi 20 años con el entonces alcalde, Lois Pérez Castrillo, y ratificado posteriormente por el gobierno de Corina Porro) a cero, al acordarse que se destinaría a usos públicos, en un proyecto liderado por el Ayuntamiento gobernado por Abel Caballero y la Zona Franca.

El alto tribunal gallego señala en su resolución que le corresponde al Plan General "la misión de establecer la localización de sistemas generales y equipamientos comunitarios públicos", por tanto, el Ayuntamiento olívico debería haber realizado previamente una modificación puntual del Plan General de Ordenación Municipal de 1993, el que está en vigor tras la anulación por parte del Tribunal Supremo del PGOM aprobado en 2008.

Asimismo, señala que en la modificación puntual del PEPRI, en el ámbito de la Panificadora, no se define si los nuevos equipamientos incardinan dotaciones de un sistema local o general. Al respecto, señala que esa ausencia de definición es "del todo injustificable" en un ámbito de suelo urbano consolidado como éste.

Por todo ello, ha fallado la nulidad del acuerdo plenario que aprobó la modificación puntual del PEPRI Casco Vello en el ámbito de la Panificadora, e impone las costas al Ayuntamiento y a la SAREB (codemanda en el procedimiento). Contra esta sentencia cabe recurso de casación.

El desarrollo del ámbito de la Panificadora está pendiente de que el Ayuntamiento llegue a un acuerdo con los propietarios para llevar a cabo las expropiaciones. Está por ver en qué medida esta resolución retrasará el proyecto.

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