El BBVA deberá abonar 80.000 euros al Ayuntamiento de Tordoia por el cobro indebido de derivados financieros
El Juzgado de Primera Instancia Nº3 de Santiago ha condenado al BBVA a reintegrar al Ayuntamiento de Tordoia (A Coruña) la suma de 76.687 euros más los intereses por el cobro indebido de derivados financieros --con el 3% anual desde el 6 de julio de 2020--.
Esta sentencia declara nula la cláusula 5.2 de los contratos de préstamo que el Ayuntamiento suscribió con el Banco de Crédito Local, actualmente BBVA. En los préstamos, firmados en 2007, el banco no informó adecuadamente al Ayuntamiento.
La sentencia considera que la información fue defectuosa en lo tocante a los derivados financieros implícitos, ya que ni se explicó su funcionamiento ni los riesgos asociados, como tampoco las repercusiones de una cancelación anticipada. Esta omisión de información supuso un vicio de consentimiento para el Ayuntamiento.
A efectos prácticos, la cancelación supuso un interés del 18% para el Ayuntamiento después de liquidada la deuda bancaria, informa Xoán Antón Pérez-Lema Abogados y Consultores en un comunicado.
La sentencia estima así parcialmente la demanda interpuesta por el Ayuntamiento que dio inicio a un proceso legal en el que este despacho de abogados ejerció la representación de la administración local.
Por último, por parte de Xoán Antón Pérez-Lema Abogados recuerdan que la sentencia ciñe el efecto restitutorio al importe de la cancelación anticipada con sus correspondientes intereses desde que se presentó la demanda, esto supone sobre 80.000 euros.
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