#Claves de la semana

La madre de las niñas asesinadas en Moraña pregunta: "¿Qué otra pena merece?"

Rocío Viéitez ha iniciado una recogida de firmas para que se mantenga en vigor la prisión permanente revisable.


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PrisioncarcelRecoge firmas a favor de la prisión permanente revisable.


La madre de las niñas de Moraña asesinadas por su padre en julio de 2015, Rocío Viéitez Ferro, ha iniciado una recogida de firmas, que ya acumula más de 2.000 apoyos, para que se mantenga en vigor la prisión permanente revisable: "Una persona que comete un delito de esta índole, ¿qué otra pena merece?".


El padre de las pequeñas Amaia y Candela, David Oubel Renedo, reconoció durante el juicio celebrado a principios de julio su culpabilidad y pidió perdón, tras lo cual fue condenado en firme por la Audiencia Provincial de Pontevedra a la pena de prisión permanente revisable, la primera condena de estas características que se dicta en España.


Ante la controversia generada por esta pena y las voces que piden derogarla, la madre de las niñas, que tenían cuatro y nueve años de edad cuando fueron asesinadas, ha empezado a recoger firmas a través de la plataforma Change.org.


"Mi nombre es Rocío Viéitez Ferro y soy la madre de las víctimas. Y en este asunto en cuestión muestro mi total rechazo por la decisión de algunos de solicitar la derogación de esa pena", ha remarcado, a colación de lo que ha incidido en que "cada persona es responsable de sus actos" y, por tanto, debe afrontar sus responsabilidades.


"David Oubel debe asumir la condena que le ha sido impuesta por un delito mayor que se ajusta por completo a la pena que le ha sido impuesta", ha manifestado la madre, que ha apuntado que en todo caso esta pena contempla que el reo pueda salir de prisión si "muestra signos de reinserción".


"SIN ESCRÚPULOS"


La magistrada de la Audiencia Provincial de Pontevedra María Nélida Cid, que presidió el Tribunal del Jurado que juzgó al parricida de Moraña, ha justificado la pena de prisión permanente revisable por "el plus de culpabilidad que supone la ejecución del hecho delictivo contra las personas unidas por esa relación de parentesco o afectividad que el agresor desprecia".


Además, lo ha respaldado en que se trata de "unos hechos caracterizados por su gravedad, revelando en el acusado peligrosidad y carencia de los mas elementales valores y escrúpulos"; motivo por el que, coincidiendo "plenamente" con el jurado popular, ha informado desfavorablemente del indulto total o parcial del acusado.


La sentencia transcribe y argumenta el fallo que la magistrada ya dictó 'in voce' el pasado 6 de julio.

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