#Claves de la semana

Termina el plazo para que los accionistas de Popular acepten la compensación del Santander

La entidad de Ana Botín ofreció bonos de fidelización a quienes compraron acciones en la última ampliación de capital.


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Banco santander sedeSede del Banco Santander.

Los bonos de fidelización diseñados por Santander para compensar a algunos exaccionistas de Popular por la amortización de sus títulos como consecuencia de la resolución de la entidad se pueden aceptar hasta este jueves, 7 de diciembre.


El plazo de aceptación de estos bonos, destinados a clientes minoristas de la entidad que adquirieron acciones de Popular entre el 26 de mayo y el 21 de junio de 2016, coincidiendo con la ampliación de capital de 2.500 millones de euros que lanzó el banco entonces presidido por Ángel Ron, se abrió el pasado 13 de septiembre.


La fecha de entrega de los bonos a los exaccionistas que los acepten será no más tarde del 15 de diciembre y la admisión a negociación de los mismos tendrá lugar a partir del 15 de enero de 2018. Así, el primer pago de la remuneración se realizará el 15 de marzo del próximo año, según detalla el folleto de emisión.


Se trata de obligaciones perpetuas emitidas por Santander, con 100 euros de valor nominal y que se podrán amortizar a partir de los siete años a voluntad del banco, previa autorización del Banco Central Europeo (BCE). Cuando se produzca su amortización, el titular recibirá el 100% del valor nominal del bono de fidelización.


Para acceder a la oferta es necesario renunciar "irrevocable e incondicionalmente" a emprender acciones legales y reclamaciones contra Santander. Si ya se han iniciado, deben terminarse.


INSTRUMENTOS COMPLEJOS


Según detalla el propio banco en el folleto de emisión de los bonos, se trata de "instrumentos complejos", por lo que "pueden no ser aptos" para todos los inversores, a pesar de que una de las condiciones necesarias para poder aceptarlos es ser un inversor minorista.


Para aceptar los bonos es necesario que los clientes firmen una declaración manuscrita en la que afirmen conocer la complejidad del producto, que adquieren "sin recomendación o asesoramiento de ninguna entidad del Grupo Santander", así como haber sido informados de su "posible falta de conveniencia".

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