Guardar dinero debajo del colchón es legal, siempre que se declare en el IRPF su origen
Dadas las altas comisiones bancarias y los pobres intereses que ofrecen los depósitos, hay bastantes españoles que acumulan efectivo en sus casas. Una práctica que no está exenta de riesgos y que, en función de la cantidad, hay que regularizar ante el fisco.
Una de las prácticas que ha existido siempre, y que todavía hoy se hace, es guardar dinero en casa. Lo que se dice "debajo del colchón". Esta práctica, que puede obedecer a muchas razones es legal, aunque conlleva algunos riesgos, como que pueda haber robos a domicilio o que por algún desastre natural u otra circunstancia se pierda. Sin embargo, también hay que tener en cuenta que hay que declarar el dinero en la declaración de la Renta.
En el momento de hacerla, se deberá indicar el origen de ese dinero. En el caso que sea parte de la nómina, tendrá que declararlo como renta del trabajo. La Agencia Tributaria conoce todas las operaciones con efectivo que impliquen la retirada o ingreso de billetes de 500 euros, así como las que tengan lugar por encima de 3.000 euros.
Debe tenerse en cuenta que no hay un límite de dinero que se pueda guardar en casa, si bien hay que tener en cuenta los riesgos que ello conlleva y los trámites que estamos obligados a hacer.
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