Luis Villares se queda solo en la setencia que da luz verde al polémico parque eólico de Acibal

La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso de Adega sobre hallazgos arqueológicos en los municipios pontevedreses de Barro, Campo Lameiro y Moraña, aunque el magistrado Luis Villares emitió un voto particular discrepando del fallo mayoritario. Villares acaba de ser trasladado a otro juzgado en medio de una fuerte polémica. 
 


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Archivo - El colectivo Amil Sin Eólicos denuncia el desaparecimiento de la'Pisada del Moro' del Monte Acibal
Archivo - El colectivo Amil Sin Eólicos denuncia el desaparecimiento de la'Pisada del Moro' del Monte Acibal

 

La construcción del parque eólico Acibal, promovido por la empresa gallega Norvento en el sur de la provincia de Pontevedra, tiene vía libre para reanudarse. La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado sentencia desestimando el recurso interpuesto por la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega), que desde abril de 2024 mantenía paralizada cautelarmente la instalación al entender que la Xunta no estaba actuando con arreglo a la legalidad frente a los hallazgos arqueológicos aflorados durante las obras. La resolución no es firme: contra ella cabe recurso de casación.

 

La historia judicial de Acibal arranca antes, en el otoño de 2023, cuando la misma sala estimó un recurso cautelar de Ecoloxistas en Acción Galiza aplicando el principio de precaución ante el riesgo de daños ambientales irreparables. Aquella primera paralización duró apenas un mes: el TSXG rectificó al constatar que el procedimiento había sido presentado fuera de plazo. 

 

Sin embargo, el proyecto no tardó en volver a quedar bloqueado. En abril de 2024, Adega consiguió una nueva suspensión cautelar al alegar que los trabajos estaban dañando elementos patrimoniales no recogidos en el estudio de impacto ambiental, a pesar de que la Xunta tenía constancia de ello a través de denuncias ciudadanas. Esa suspensión es la que ahora levanta el tribunal.

 

Archivo - El magistrado del TSXG Luis Villares
Archivo - El magistrado del TSXG Luis Villares

 

Desde el punto de vista económico, la setencia supone una clara victoria para Norvento y para las empresas eólicas.  El daño, en todo caso, es notable pues Acival es un proyecto que ya ha ejecutado toda la obra civil, lleva dos años y medio paralizado con el consiguiente quebranto económico (después de lustros de tramitación y revisión ambiental) para que finalmente el TSXG le de el ok.

 

 

El voto discrepante de Villares

A nivel político, el aspecto más destacado de la sentencia no reside en el fallo mayoritario, sino en el voto particular del magistrado Luis Villares. El juez, que ha sido trasladado recientemente a la sección cuarta del TSXG, discrepó de sus colegas y consideró que la paralización de las obras estaba plenamente justificada. 

 

Su posicionamiento supone un aval judicial a los argumentos de los colectivos ecologistas de grupos como Amil Sin Eólicos y una llamada de atención sobre la gestión que la Consellería de Cultura hizo de los descubrimientos arqueológicos en la zona. Villares es protagonista de una fuerte controversia en Galicia, pues el exlíder de En Marea acaba de ser trasladado por la fuerza por la nueva presidenta de la Sala después de que el Supremo tumbase sentencias en las que él participó contrarias a la Xunta sobre el hospital Álvaro Cunqueiro. 

 

Una buena noticia para la patronal eólica, el PP y la Xunta creen que Villares ha sido clave en las docenas de paralizaciones cautelares de parques eólicos en Galicia.  La setencia de hoy, en la que los compañeros de Villares lo dejan en minoría en el tribunal, sirve para recordar lo evidente, el criterio de un magistrado no basta para marcar la decisión colegial de la sala. 

 

La postura del magistrado Villares -que participa en la sentencia pese al trasladado pues el pleito ya estaba en marcha antes del cambio- contrasta con la del resto de la sala, que optó por dar la razón a la Administración autonómica. Los jueces reconocen en su fallo que la Consellería de Cultura incurrió en una «falta de agilidad inicial» en la gestión del conflicto, y que esa tardanza contribuyó a que el asunto acabara en los tribunales. Aun así, concluyen que la Xunta aportó un soporte documental sólido que acredita un control arqueológico continuo y la adopción de medidas correctoras.

 

Patrimonio y aerogeneradores

El núcleo de la controversia gira en torno a los restos arqueológicos localizados en el área de actuación. Entre los hallazgos más llamativos figura una cruz gamada de posible origen milenario, aparecida en la zona de las voladuras, así como una combinación circular detectada cerca de la subestación. Ante estas evidencias, la Administración ordenó reubicar uno de los aerogeneradores en un emplazamiento alternativo, una medida que el Gobierno gallego esgrimió como prueba de que no actuó con pasividad.

 

Adega, sin embargo, sostuvo que la Xunta mantuvo una actitud inactiva pese a las denuncias vecinales y a las evidencias gráficas disponibles, permitiendo así lo que la asociación calificó de «expoliación patrimonial» en una zona de gran riqueza arqueológica. El Ejecutivo gallego rebatió esa lectura señalando que muchos de los elementos denunciados por terceros no eran bienes culturales, sino formas naturales producidas por la erosión del granito, y que en ningún caso hubo una secuencia de inacción, sino todo lo contrario: informes técnicos y visitas de inspección por parte de la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural.

 

Miembros del colectivo Amil Sen Eu00f3licos
Miembros del colectivo Amil Sen Eólicos

Un proyecto con un tortuoso historial administrativo

Acibal cuenta con todos los permisos en regla desde hace años. La Dirección Xeral de Calidade Ambiental emitió una declaración de impacto ambiental favorable en diciembre de 2021, y el Consello da Xunta otorgó la autorización administrativa previa, de construcción y la declaración de utilidad pública en marzo de 2022. El proyecto, situado en los municipios de Barro, Campo Lameiro y Moraña, está impulsado por Norvento, una de las principales promotoras eólicas de capital gallego.

Los magistrados señalan en su sentencia que están vinculados por el carácter «firme y consentido» de esa declaración de impacto y de la autorización de construcción, lo que en buena medida cierra el debate sobre la legalidad de fondo del proyecto. También reprochan a Adega un «error en la elección del cauce procesal», al confundir la vía de hecho con la inactividad o la discrecionalidad técnica, un defecto formal que debilita la demanda con independencia de sus argumentos de fondo.

 

La posibilidad de un nuevo recurso

La sentencia no cierra definitivamente el caso. Adega dispone de la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, una vía que la asociación ya exploró con anterioridad y que en el pasado dio resultados contradictorios para las distintas partes. Habrá que esperar a conocer la respuesta de la entidad ecologista para saber si Acibal vuelve a enfrentarse a una nueva ronda judicial o si, finalmente, las máquinas retoman los trabajos en los montes pontevedreses.

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