Simega exige al Ministerio y al Sergas que pongan fin a las guardias 24 horas en un plazo máximo de tres años

El DOG recoge la orden de servicios mínimos para la tercera semana de huelga por el Estatuto Marco

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El DOG recoge la orden de servicios mínimos para la tercera semana de huelga por el Estatuto Marco

El Sindicato Médico de Galicia (Simega) ha emitido este viernes un comunicado en el que suscribe la propuesta del Comité de Huelga por un Estatuto Propio para Médicos y Facultativos, para eliminar definitivamente las guardias médicas de 24 horas en un plazo de tres años. Desde el lunes, el sindicato apoyará una nueva semana de huelga.

Simega considera que "mantener este sistema" de guardias de 24 horas "supone perpetuar condiciones laborales inaceptables y un riesgo evitable en la atención sanitaria", aunque reconoce que su supresión no puede ser inmediata "sin comprometer el funcionamiento actual del sistema".

Por ello, exige la puesta en marcha de un plan progresivo, de obligado cumplimiento para todas las Comunidades Autónomas, que garantice su desaparición total en un plazo máximo de tres años.

La propuesta pasa, durante el primer año, por una fase de ajuste inicial, con un máximo de tres guardias de 24 horas al mes por facultativo, restringidas a fines de semana y festivos, mientras que entre semana las guardias no podrán superar las 12 horas y siempre se priorizará la voluntariedad.

El segundo año, en una fase transitoria, se llevaría a cabo una reducción progresiva hasta un máximo de dos guardias mensuales de 24 horas; y el tercer año, en la fase de consolidación, se procedería a la eliminación completa de este modelo mediante el incremento estructural de las plantillas.

En su comunicado, Simega ha denunciado "la falta de voluntad política para abordar un problema estructural que lleva años cronificándose", y exige "un diagnóstico riguroso de la situación actual, acompañado de una memoria económica realista que contemple los recursos humanos y financieros necesarios para acabar con las guardias de 24 horas".

Asimismo, reclama "el desarrollo inmediato de un marco normativo estatal, liderado por los Ministerios de Sanidad y Trabajo, que obligue a todas las administraciones a cumplir unos mínimos irrenunciables", y advierte de que "sin financiación suficiente y sin respaldo legal cualquier medida será papel mojado".

SERVICIOS MÍNIMOS
El Diario Oficial de Galicia publica este viernes la orden por la que se regulan los servicios mínimos para la huelga por el Estatuto Marco, que vivirá su tercera semana desde el próximo lunes

Así las cosas, la Xunta estipula el personal que sea necesario para la cobertura del 100% de la atención urgente y permanente y de las urgencias para la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061. Lo mismo ocurre con la Axencia Galega de Sangue, Órganos e Tecidos.

Además, establece la cobertura del 100% de la actividad urgente en los servicios de urgencias y guardias médicas, en quirófanos urgentes, salas de partos y laboratorios de urgencias. También en las unidades de reanimación, de cuidados intensivos, de adultos o pediátricas, unidades coronarias, área de diálisis y de tratamientos oncológicos.

También establece la cobertura de la actividad quirúrgica de los pacientes, tanto hospitalizados como ambulatorios, respecto de las patologías que pongan en peligro su vida o agraven su estado de salud, en especial, procesos neoplásticos.

En el área de hospitalización, se estipulará el número necesario para garantizar la atención urgente de los pacientes hospitalizados y las altas clínicas.

Además, se garantizará la presencia de un facultativo por unidad de hospitalización médica y quirúrgica con el objetivo de garantizar la asistencia a los ingresados. En concreto, en unidades con cuatro o menos profesionales, un efectivo; en unidades de cinco a ocho profesionales, dos efectivos; en aquellas de nueve a 12 profesionales, tres efectivos; y en aquellas con 13 o más profesionales, cuatro efectivos.

En el ámbito de consulta, se atenderán las consideradas como urgentes o preferentes, según el criterio del personal facultativo. También se atenderán las consultas de los pacientes oncológicos que requieran tratamiento citostático y de los pacientes desplazados por el mismo motivo.

Asimismo, se garantizará la realización de las determinaciones y pruebas complementarias urgentes y las que se refieran a los pacientes hospitalizados que, según criterio facultativo, sean necesarias e inaplazables.

Además, se asegurará la dispensación de sangre, medicamentos y productos sanitarios, así como la atención necesaria a los pacientes de hospitalización a domicilio y cuidados paliativos.

Por otra parte, para el personal facultativo sanitario de atención primaria, estipulan la cobertura del 100% de la actividad urgente del servicio de urgencias extrahospitalarias.

En el tramo ordinario de atención en los centros de salud (no PAC) se prestará la asistencia urgente o inaplazable de la unidad o servicio, cualquiera que sea la modalidad de prestación. Así, en centros con cuatro o menos médicos de familia se garantizará un efectivo, en centros con de cinco a ocho médicos, dos efectivos; en aquellos con de nueve a 12 médicos, tres efectivos; y en centros con 13 o más médicos, cuatro efectivos.

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