Pandemias: ¿nos protegerá la nueva ley de salud pública de la Xunta?

El "parche" que se aplicó en 2021 a la ley de Salud de Galicia de 2008 para afrontar la COVID-19 evidenció las lagunas que existían en tratar situaciones excepcionales como esta pandemia. Ahora, el ejecutivo presidido por Rueda prepara un nuevo texto que supere al reformado hace cinco años y que prevé estará aprobado en 2027


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Archivo - Una niña recibe la vacuna contra el Covid-19, en la Cidade da Cultura, a 15 de diciembre de 2021, en Santiago de Compostela, A Coruña.
Archivo - Una niña recibe la vacuna contra el Covid-19, en la Cidade da Cultura, a 15 de diciembre de 2021, en Santiago de Compostela, A Coruña.

 

 

Las lecciones que dejó la pandemia de la COVID-19 y el miedo ante amenazas emergentes han hecho, en teoría, que la Xunta de Galicia rediseñe a contrarreloj su cuerpo jurídico para "blindar" la salud pública en el territorio. Entre las duras restricciones aplicadas en el pasado reciente y la necesidad técnica de dotar al sistema de estructuras ágiles, la reforma que pretende el ejecutivo autonómico a primera vista parece "ambicioso". Desde la Xunta se anuncia el paso a un texto definitivo que promete cambiar las reglas del juego en la gestión de futuras epidemias.

 

Y es que actualmente, el marco jurídico fundamental en la comunidad autónoma para la actuación ante crisis epidemiológicas o alertas similares es la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. No obstante, este texto general de carácter asistencial tuvo que ser reformado para garantizar una respuesta ágil ante la magnitud de la crisis de la COVID-19. De esta forma, se creó la Ley 8/2021, de 25 de febrero, para reforzar la ley de 2008 introduciendo profundas modificaciones en el régimen sancionador y el control de enfermedades transmisibles.

 

La Xunta de Galicia inició en mayo de 2026 la tramitación de la que será la primera Ley de Salud Pública de Galicia, y es que se habían hecho más que evidentes las carencias del anterior texto. Con este nuevo proyecto normativo, que las autoridades aspiran a aprobar formalmente en el Parlamento a principios de 2027, se busca regular de forma específica y sectorial un ámbito que hasta ahora carecía de un texto legislativo propio en la región.

 

 

 

 

 

La evolución del marco jurídico gallego: el salto a la ley de salud pública de 2027

Las bases legales para el desarrollo de leyes sanitarias autonómicas están en los artículos 148 y 149 de la Constitución española y en el artículo 33 del Estatuto de Autonomía de Galicia.  Hasta el día de hoy, el Parlamento autonómico ha ido tejiendo diferentes normativas sectoriales (como la ordenación farmacéutica o la creación del Servizo Galego de Saúde) hasta que en 2003 se aprobó la Ley de ordenación sanitaria de Galicia (Losga), una norma que adolecía de un marcado carácter reglamentarista. Fue la posterior Ley 8/2008 la que se configuró como el pilar estructural básico del sistema sanitario moderno, centrando el modelo en la ciudadanía e incluyendo la salud pública como una de sus prestaciones colectivas.

 

Sin embargo, el verdadero punto de inflexión en materia de recursos legales llegó con la citada reforma de 2021. Al amparo de la legislación estatal, el actual artículo 38 de la Ley 8/2008 faculta a las autoridades sanitarias autonómicas y locales para adoptar severas medidas de obligado cumplimiento ante riesgos graves. Estas potestades extraordinarias contemplan de forma explícita la inmovilización de productos o alimentos, la suspensión temporal de actividades empresariales, el cierre de centros, establecimientos o instalaciones, y limitaciones de acceso a determinados espacios públicos prorrogando las restricciones según la evolución epidemiológica. Más aún, el texto legal vigente dota a la Administración de la capacidad jurídica para adoptar medidas que limiten de forma directa derechos fundamentales con el fin de atajar enfermedades transmisibles, blindando las sanciones aplicadas ante confinamientos obligatorios, el uso de mascarillas o procesos de vacunación en contextos muy específicos.

 

 

 

 

 

Frente a la naturaleza eminentemente reactiva de la ley actual, el desarrollo de la futura Ley de Salud Pública gallega —iniciado en mayo de 2026— busca dar un giro estratégico, según el gobierno gallego. La prevención de retos como el cambio climático, el envejecimiento demográfico y la dispersión geográfica son los retos que, en principio, busca afrontar el nuevo texto. 

 

Todo ello se fundamentará en tres ejes principales. El primero será la vigilancia epidemiológica y alerta temprana, para ello se dotará al sistema sanitario de estructuras de intervención más ágiles y con mayor autonomía técnica y operativa. Además, regulará la incorporación de análisis avanzado de datos y nuevas tecnologías para la detección precoz de anomalías. Todo esto se hará bajo un enfoque integral: "Una sola salud" (One Health) que unifica de forma sistémica la vigilancia de la salud humana, animal y ambiental.

 

El segundo eje es el control, prevención y gestión de nuevos riesgos. Con él se sistematizará el catálogo de actuaciones inspectoras frente a riesgos ambientales y alimentarios. Esto se hará mediante protocolos específicos para afrontar con celeridad enfermedades emergentes como los brotes de hantavirus.

 

Por último, la gobernanza y transversalidad asegurarán que el impacto sanitario sea evaluado de manera obligatoria en todas las políticas sectoriales de la administración pública, fomentando la participación comunitaria en el control de la salud colectiva.

 

 

 

 

 

La realidad material del SERGAS: tecnologías de información frente a la escasez de medios

Actualmente, la capacidad real del Servizo Galego de Saúde (SERGAS) para afrontar un nuevo estadio de epidemia o pandemia muestra luces y sombras. Esto se puede ver al contrastarse la experiencia de campo y el testimonio de expertos de la comunidad médica. La principal baza con la que cuenta el sistema sanitario gallego se sitúa en el terreno digital. Tal y como atestigua la doctora Cristina Fernández Pérez, profesora en la Facultade de Medicina de la USC en el área de Medicina Preventiva e Saúde Pública, Galicia cuenta con una infraestructura informática notablemente más desarrollada que la de otras comunidades autónomas. 

 

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Gómez Caamaño con Alfonso Rueda / EP

 

Durante la pandemia de la COVID-19, mientras en grandes capitales los sanitarios realizaban recuentos manuales o "palotes" por la ausencia de sistemas automáticos a tiempo real, el SERGAS desarrolló su tarea mediante las tecnologías de la información. Esta capacidad técnica permitió, por ejemplo, organizar cribados masivos de población en menos de una hora mediante el envío automatizado de mensajes de texto (SMS) de citación y la comunicación inmediata de resultados negativos a los dispositivos móviles de los ciudadanos.

 

 

 

 

 

Sin embargo, la dotación física, estructural y de capital humano es considerablemente más crítico. La doctora Fernández advierte de que, a nivel de infraestructuras materiales, no se ha evidenciado una mejoría sustancial tras la crisis sanitaria. El SERGAS adolece de una falta de unidades de aislamiento de tercer nivel para patógenos de alta peligrosidad, y la Agencia Estatal de Salud Pública continúa sufriendo demoras de implementación operativa.

 

El punto más débil reside en la gestión y valoración de los recursos humanos dedicados a la prevención. A pesar de los esfuerzos normativos, en la administración pública gallega la especialidad médica en Medicina Preventiva y Salud Pública no se exige de manera obligatoria para ocupar puestos técnicos del sistema.  Tampoco se puntúa formalmente el hecho de poseer dicha especialización a la hora de opositar a plazas de salud pública en la administración. 

 

Esta desconexión provoca que las estructuras encargadas de guiar el control de brotes infecciosos sufran una carencia de profesionales específicamente formados en la materia. Esto hace que las decisiones epidemiológicas acaben subordinadas a criterios políticos o presiones mediáticas y no basadas en la evidencia científica y la dirección técnica unificada.

 

 

 

 

 

Conceptos clave en la salud comunitaria

Para comprender el alcance de las medidas excepcionales reguladas por la administración de la Xunta de Galicia, la epidemiología comunitaria distingue tres estadios bien diferenciados en la manifestación de las patologías dentro de una población:

 

Endemia: Define el número de casos de una determinada enfermedad que se registran de manera habitual y esperada dentro de un medio o área geográfica concreta. Puede abarcar tanto afecciones transmisibles como no transmisibles (enfermedades cardiovasculares, dolencias crónicas o cáncer) que forman el ecosistema de salud normal de una comunidad.

 

Epidemia: Se produce socialmente cuando aparece un exceso o conglomerado de casos (también denominado clúster) de una enfermedad significativamente por encima del nivel de endemia esperado en una comunidad. Puede tener un carácter muy localizado o extenderse geográficamente de manera regional o nacional, estando su aparición vinculada a menudo a mutaciones víricas o a alteraciones de los ecosistemas provocadas por la acción humana.

 

Pandemia: Corresponde al último estadio de propagación epidemiológica, determinado cuando el exceso de casos de la patología supera las fronteras territoriales y alcanza una difusión activa a nivel internacional, afectando a múltiples países de forma simultánea.

 

 

 

 

 

Transición crítica

La arquitectura legal de Galicia en materia sanitaria se encuentra en un periodo de transición crítica hacia un modelo que pretende priorizar la anticipación técnica sobre la improvisación restrictiva. Mientras que las reformas introducidas en la Ley 8/2008 permitieron dotar a las autoridades de herramientas jurídicas drásticas para intervenir de urgencia ante la COVID-19 —tales como cierres de instalaciones, confinamientos y restricciones de derechos fundamentales—, la realidad material del SERGAS evidencia que el armazón informático y digital aventaja por mucho a la inversión realizada en recursos humanos especializados y dotación física hospitalaria de tercer nivel. 

 

La futura Ley de Salud Pública de Galicia asume el reto de corregir este desequilibrio mediante estructuras más autónomas y ágiles. No obstante, el éxito del nuevo escudo sanitario gallego no dependerá de lo que se dictamine sobre el papel, sino de la dotación presupuestaria real y de la voluntad política para delegar la toma de decisiones estratégicas en profesionales técnicos de medicina preventiva.

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