La Audiencia de Lugo absuelve a una mujer y su hija acusadas de estafar a la abuela para que les diese dinero

Los magistrados reconocen las retiradas del cajero que hizo la anciana, ya fallecida, pero no ven acreditado que fueran para beneficio de las acusadas

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Los magistrados reconocen las retiradas del cajero que hizo la anciana, ya fallecida, pero no ven acreditado que fueran para beneficio de las acusadas

La Audiencia Provincial de Lugo ha absuelto a dos mujeres, madre e hija, que estaban acusadas de estafar a la que era madre y abuela de ambas, respectivamente, para hacerse con un total de 16.500 euros en el año 2013. Considera la sentencia que no hay pruebas concluyentes de que se apropiaran de ese dinero "para su propio beneficio".

La acusación, que pedía para cada una dos años de cárcel y multa de 2.400 euros, además de la reintegración del dinero, relató en el juicio que la víctima, de edad avanzada, tenía problemas de memoria y que, por la confianza del vínculo familiar, hizo dos retiradas de dinero, una de 12.000 euros y otra de 4.500, para dárselo a las acusadas, que se ocupaban del bienestar de la mujer aunque vivía sola en su casa.

Añadían también que los 12.000 euros fueron entregados al hijo y hermano de ambas para compensar la avería de su tractor. Fue otra de las hijas de la fallecida, con la que había rencillas familiares, la que denunció los hechos.

La acusación también defendió el hecho de que las dos mujeres juzgadas acudían con ella al banco y que incluso una de ellas llegó a firmar falsamente un documento bancario para justificar una de las retiradas. La situación de la anciana, ya fallecida, fue descrita por la acusación como de abandono y de "desamparo grave".

Sobre esto, el tribunal considera probado, en el primer documento, la autenticidad de la firma de la titular, tras la pericial caligráfica realizada. Pero, con respeto a la firma de otra documentación adicional, la prueba concluyó que no era la de la anciana, pero tampoco podía concretar que perteneciera a una de las dos investigadas.

Las dos acusadas se defendieron asegurando que nunca acudieron al banco con la anciana y que no existía ningún problema de deterioro psicológico ni estaba mal atendida.

La sentencia recoge también que los trabajadores del banco, que estuvieron presentes en las dos retiradas de efectivo, "dieron fe de que la titular de la cuenta era la persona que retiraba el dinero". Además, otra de las testigos declaró que la mujer solía ir al banco acompañada de su nieta, por lo que no queda probado, a juicio de la Sala, que "su hija la acompañara al banco".

Según subrayan los magistrados, tampoco existen pruebas "de que las acusadas se apropiaran del dinero para su propio beneficio ni resulta clara la existencia de engaño previo". La Audiencia no considera acreditado tampoco que "tales retiradas de dinero fueran realizadas para satisfacer las necesidades personales de la anciana, pero como no necesariamente eso significa la concurrencia de delito", ha procedido a la absolución de las acusadas.

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