La defensa del hombre que mató a la lucense Cristina Cabo pide que sea condenado por homicidio y no por asesinato

En la vista de apelación en el TSXG las acusaciones reclaman que se mantenga la pena de 22 años de cárcel por asesinato y cuatro por robo

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En la vista de apelación en el TSXG las acusaciones reclaman que se mantenga la pena de 22 años de cárcel por asesinato y cuatro por robo

La defensa del hombre de origen colombiano condenado por matar a la lucense Cristina Cabo en 2022, una mujer de 42 años que regentaba una tienda de productos ecológicos en el barrio de A Milagrosa, ha solicitado que se le aplique una pena por delito de homicidio y no de asesinato.

"Pedimos que se valore la correcta calificación de los hechos enjuiciados", ha expuesto para insistir en que "en vez de un delito de asesinato nos encontraríamos ante uno de homicidio y en vez de un delito de robo ante uno leve de hurto".

Así lo ha manifestado durante la vista de apelación celebrada este lunes en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) tras el recurso presentado por la condena a su cliente de 22 años de cárcel por asesinato y cuatro por robo.

La letrada ha reclamado que le apliquen al autor del crimen las atenuantes de confesión, legítima defensa, trastorno mental transitorio y de haber actuado bajo los efectos del alcohol y las drogas la noche de los hechos.

Frente a ello, Fiscalía y acusación particular han solicitado que se mantenga la pena que dictó la Audiencia Provincial, en base al veredicto del jurado y que la defensa recurrió ante el alto tribunal gallego.

"La sentencia está debidamente motivada, los jurados dieron el veredicto y son soberanos", ha argumentado la abogada de la familia de la fallecida en declaraciones a los medios antes de la vista.

"Es un asesinato y así lo calificó el jurado popular, cometido con alevosía y con ensañamiento, sin tener un motivo de peso ni nada que justifique mínimamente su reacción", ha recordado la letrada de la acusación particular. "No se apreció ningún tipo de atenuante", ha reiterado.

HECHOS PROBADOS
En concreto, el fallo del jurado considera que quedó probado durante los tres días de proceso, que tuvo lugar el pasado mes de mayo, que hubo alevosía y ensañamiento en el ataque a la mujer. La misma murió desangrada después de que le infligiera 49 heridas con un cuchillo en su propia casa, adonde habían acudido juntos para mantener relaciones sexuales después de conocerse en un pub del centro histórico de la ciudad.

También fue considerado culpable de robo, ya que al hombre se le encontró en poder de una bicicleta y un ordenador de la víctima, que se llevó cuando se marchó de la casa, donde la dejó herida de gravedad.

Durante el juicio, no se debatió la autoría de los hechos, ya que el condenado confesó ser el responsable de la muerte ya durante la investigación policial posterior, que se inició una vez la hermana del condenado, que llevaba dos meses en España, lo denunciara ante las autoridades. Lo que se juzgó en su momento fue si se trataba de un asesinato o un homicidio.

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