La Xunta regula la creación y gestión de los documentos electrónicos generados por la actividad de la Administración
La Xunta regulará la creación y gestión de los documentos electrónicos generados por la actividad de la Administración mediante una nueva norma técnica.
Tal y como se ha publicado este martes el Diario Oficial de Galicia (DOG), se trata de una herramienta que busca garantizar la "autenticidad, fiabilidad y disponibilidad documental, el derecho al acceso y a la conservación del patrimonio documental".
Con este objetivo, la política recoge, mediante 12 epígrafes, los principios estratégicos, los procesos de gestión documental, los agentes implicados y las responsabilidades, los instrumentos para la gestión y las directrices para su implantación.
En este sentido, se tienen en cuenta todas las partes de la secuencia documental desde su nacimiento o creación hasta su transferencia al archivo electrónico, bien para su conservación o consulta o eliminación.
Las Consellerías de Cultura y Facenda forman parte de los agentes implicados en esta herramienta, junto con los órganos competentes en la gestión de procedimientos y servicios generadores de documentos electrónicos y en materia de formación del personal empleado público.
Todos ellos participarán en procedimientos periódicos de supervisión que verifiquen el correcto funcionamiento de la normativa, así como en su revisión y actualización cuando sea necesario debido a modificaciones legislativas, mejoras derivadas del uso de las nuevas tecnologías y nuevos casos de aplicación.
Además, el marco de actuación también comprende instrumentos para la gestión documental, entre los que se incluyen el catálogo de sistemas digitales, el inventario de información administrativa, el catálogo de procedimientos o los servicios y tipologías documentales.
A mayores, se incluyen las directrices funcionales, tecnológicas, operativas y organizativas que permiten el éxito de esta norma y los modelos tecnológicos, de digitalización y de conservación, así como aspectos relativos al ciclo de vida del documento electrónico, al procedimiento de destrucción o al plan de gestión de riesgos.
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