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La Xunta condenada a hacer indefinida a una médica que trabajó 6 años encadenando contratos

La sección primera del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Sergas a hacer indefinida a una doctora que encadenó contratos temporales durante más de seis años de forma "torticera" y "fraudulenta".

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La sección primera del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Sergas a hacer indefinida a una doctora que encadenó contratos temporales durante más de seis años de forma "torticera" y "fraudulenta".


En una sentencia con fecha del 3 de abril, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TSXG ratifica el fallo del juzgado de lo contencioso número tres de A Coruña que le dio razón a esta facultativa de Obstetricia "sobre el carácter fraudulento de su contratación".



Feijoo almuiña

El presidente y el conselleiro de Sanidade de la Xunta


La demandante encadenó desde el 1 de junio de 2011 contratos temporales de seis meses o un año de duración. La Sala determina que "es evidente que estos, a lo largo del tiempo, por temporales y eventuales que se hagan parecer, trataban de ocultar por una torticera vía una vinculación indefinida de personal", la cual "se prolongó en el tiempo más de seis años ininterrumpidos".


De este modo, sentencia que el Sergas debe hacer indefinida a esta profesional desde el 1 de junio de 2012, ya que desde esa fecha considera que está probado "el carácter estructural del puesto desempeñado".


"Calificamos de fraudulenta esa relación jurídica porque siempre que en los nombramientos de personal estatutario temporal eventual se hubieren rebasado los plazos máximos (12 meses en un periodo de 24), no se hubiera definido con claridad y precisión el motivo de la temporalidad o, habiéndose referido el mismo, la plaza cubierta fuera de carácter estructural, habrá de entenderse que se ha realizado en fraude de ley y, por tanto, de forma irregular", argumenta la sección primera del TSXG en sus fundamentos de derecho.


La sentencia estima parcialmente el recurso del Sergas al eximirle del pago de costas del proceso. Contra este fallo cabe recurso de casación.

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