Comisiones Obreras denuncia que el SERGAS "incumple" el acuerdo que puso fin a la huelga en los PACs
El sindicato reclama saber "cuáles son los criterios que sustentan el incremento de personal" que anunció la administración para estos centros.
El sindicato reclama saber "cuáles son los criterios que sustentan el incremento de personal" que anunció la administración para estos centros.
Protesta de los trabajadores de los PACs
El enfrentamiento entre los PACs y el SERGAS puede tener un nuevo capítulo todavía por escribir. La Federación de Sanidade de CCOO de Galicia viene de denunciar que el Servizo Galego de Saúde "incumple el acuerdo que permitió finalizar con la de huelga de los Puntos de Atención Continuada (PAC)".
El acuerdo, alcanzado el pasado mes de julio, obligaba a la Xunta a dotar de más personal y de más material a los centros entre otras cuestiones. Sin embargo, como señala CC.OO., "el SERGAS no cumple con lo firmado porque en la última comisión de seguimiento del acuerdo, a mediados del pasado diciembre, se limitó a anunciar el incremento de personal, sin acompañarlo de los preceptivos planes funcionales".
"Los planes funcionales, que deberían ser negociados con los sindicatos, son un estudio de necesidades en donde se tienen en cuenta parámetros como la carga asistencial, la dispersión, la distribución por edades o el número de traslados mediante el 061", comentan desde el sindicato, que denuncia que sin los planes correspondientes "no sabemos de donde sale el incremento de personal ni si es suficiente".
SENTENCIAS DEL TSXG
En esta línea, el sindicato reclama al SERGAS que les haga llegar los estudios pertinentes -"si hay algún tipo de estudio hecho"- "a la representación legal de los trabajadores y de las trabajadoras y a la comisión de seguimiento del acuerdo", que serán los encargados de evaluarlos.
Además, recuerda al SERGAS que debe cumplir las sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en cuanto al cómputo horario del personal de los PACs, unas sentencias que especifican que "todo lo recogido en los calendarios laborales tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo".
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