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Los contactos de contagiados de coronavirus de A Mariña podrán salir a otras zonas de Galicia para votar

El DOG ya ha publicado las normas establecidas por la Xunta para el confinamiento en A Mariña. Se confirma que habrá Selectivo y que los bares, probable foco del acelerón del brote, seguirán abiertos, pero solo hasta las 23:30 horas. 


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El DOG ya ha publicado las obligaciones establecidas por la Xunta para el confinamiento en A Mariña. Se confirma que habrá Selectivo y que los bares, probable foco del acelerón del brote, seguirán abiertos, pero solo hasta las 23:30 horas.


El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este domingo la orden que establece las medidas para el cierre del distrito sanitario de A Mariña (Lugo) a causa del brote de COVID-19, en la que se recoge que los casos positivos y sus contactos estrechos no podrán abandonar el lugar en el que estén aislados "en ningún caso, salvo autorización expresa del servicio sanitario por causas debidamente justificadas".




Urgencias del Hospital da Costa en Burela en una imagen de la CRTVG




El conselleiro de Sanidade, Jesús Vázquez Almuiña, compareció ante los medios para anunciar que, desde las 00,00 horas de este lunes, 6 de julio, y durante cinco días naturales, queda prohibido entrar o salir del área formada por los 14 ayuntamientos del distrito sanitario de A Mariña.



¿PUEDO IR A TRABAJAR A A MARIÑA?
Las excepciones a la prohibición son los traslados por causas justificadas, que son las relacionadas con el trabajo, el cuidado de dependientes y circunstancias de fuerza mayor. Se establecen también limitaciones de aforo más restrictivas y se regulan los horarios de cierre de los locales de hostelería.



VOTACIONES
El texto señala que, dada la proximidad de las elecciones autonómicas, el domingo 12 de julio, "resulta oportuno aclarar que las limitaciones a la movilidad" de la orden "no pueden afectar al ejercicio de un derecho fundamental como es el del sufragio", de modo que ir a votar será, de prolongarse las restricciones, causa "justificada" para "la entrada o salida del ámbito territorial" que queda cerrado.


Esto es lo que dice el DOG:

Non obstante, dada a proximidade das eleccións autonómicas do domingo día 12 de xullo, resulta oportuno aclarar que as limitacións á mobilidade previstas nesta orde non poden afectar o exercicio dun dereito fundamental como é o de sufraxio, polo que se considerará en todo caso xustificada a entrada ou saída do ámbito territorial delimitado para o exercicio deste dereito. Así mesmo, polas mesmas razóns, cómpre indicar, tanto para o caso do distrito sanitario da Mariña como para o resto do territorio da Comunidade Autónoma, que as medidas específicas para contactos estreitos, previstas nesta orde e, con carácter xeral, no Acordo do Consello da Xunta de Galicia, do 25 de xuño de 2020, antes citado, consistentes no illamento ou corentena “salvo causas debidamente xustificadas”, non impiden tampouco o exercicio do dereito fundamental de sufraxio, por considerarse, evidentemente, unha causa xustificada para a saída do domicilio, sen prexuízo de que deban cumprirse as medidas de seguridade establecidas e, en particular, o uso de máscara cirúrxica en todo momento, e a saída se limite ao tempo estritamente necesario para o exercicio deste dereito ao voto. Para estes efectos, a Consellería de Sanidade cursará as oportunas instrucións para que esta cuestión se aclare nas comunicacións que teña o Centro de Seguimento de Contactos do Servizo Galego de Saúde con estas persoas.


La orden recuerda también que, en el caso de contactos estrechos que estén aislados "salvo causas debidamente justificadas", podrán acudir a votar porque esta es precisamente "una causa justificada para la salida del domicilio". En caso de abandonar ese aislamiento, ha de hacerse usando mascarilla y saliendo solo el tiempo "estrictamente necesario" para votar.

Otro de los puntos del documento recoge las medidas específicas durante el tiempo que duren las nuevas restricciones para "casos y contractos estrechos" y explica que deberán seguir las condiciones de "aislamiento o cuarentena que les sean indicadas desde los dispositivos asistenciales o de salud pública".

No podrán abandonar su domicilio o el lugar en el que estén confinadas las personas "que sean consideradas caso sospechoso o probable" de infección por coronavirus o que estén pendientes de los resultados de pruebas diagnósticas por este motivo.

Las mismas medidas afectan a quienes sean consideradas "caso confirmado con infección activa y las consideradas contacto estrecho de un caso sospechoso, probable o confirmado". En estos casos, no podrán salir "en ningún caso, salvo autorización expresa del servicio sanitario por causas debidamente justificadas".

LAS PRUEBAS DE SELECTIVIDAD
Con respecto a la celebración de las pruebas de la selectividad, la orden señala que se podrá llevar a cabo siguiendo los protocolos previstos y que se podrá prescindir de la mascarilla durante los exámenes "siempre que el alumnado permanezca sentado".

Deberá procurarse, agrega, "evitar las aglomeraciones al inicio y a la salida" de los lugares indicados para hacer las pruebas de la EBAU y se aplicará un límite de 10 personas por grupo en las zonas externas de las aulas y en los exteriores de los edificios.



LOS CINES NO CIERRAN
El documento también especifica que en algunas actividades, como en espectáculos públicos distintos a los de cines, teatros, auditorios y circos de toldo, se podrán organizar eventos siempre que el público esté sentado y no supere el 50 por ciento de la capacidad, con un máximo de 60 personas en lugares cerrados y 150 en espacios abiertos. Con autorización previa, estos límites podrían subir a 100 y 300 personas, respectivamente.

LA MASCARILLA, BIEN COLOCADA
El DOG recoge que es obligatorio llevar mascarilla, bien colocada, en la vía pública y espacios al aire libre, además de en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público. Las mascarillas no deben tener válvula exhalatoria.


ÚLTIMA RONDA ANTES DE LAS 11 Y MEDIA
También especifica la orden que los locales de hostelería deberán dejar de admitir clientes y servir a las 23,30 horas, para proceder a desalojar y cerrar en un espacio de media hora. El aforo baja al 50 por ciento tanto en el interior como en las terrazas y solo se podrá consumir en mesa, no en la barra. Todos los empleados y clientes deberán llevar la mascarilla y solo podrán retirarla "en el momento específico del consumo".

La orden supone restricciones a la movilidad y a la agrupación de personas, por lo que el texto indica que para ejecutar las medidas previstas se buscará "la colaboración voluntaria". No obstante "su ejecución puede requerir la adopción de actos de imposición coactiva" que pueden "suponer restricciones de derechos fundamentales". Para ayudar a "su plena efectividad, se solicitará su ratificación judicial", señala.

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