#Claves de la semana

Feijóo envía a Moncloa sus propuestas para modificar la Ley de Salud Pública y evitar fallos como el del TSJM

Defiende las medidas adoptadas por la Xunta en Ourense y critica la "inseguridad jurídica" existente por la "negativa" del Estado a legislar

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El presidente de la Xunta de Galicia ha trasladado a Pedro Sánchez sus sugerencias para modificar la Ley Orgánica de Salud con el fin de que casos como el del TSJM, que ha paralizado la aplicación de las medidas en la Comunidad Autónoma, no se repitan. 


De igual manera, pide tranquilidad antes de aplicar otras herramientas como un estado de alarma individual para Madrid: "El estado de alarma es una medida excepcional y no resulta adecuado acudir a ella para un control sistemático y diario de la pandemia".


O Titular Do Goberno Galego Preside A Reunión Do Consello Da Xunta


El titular de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, ha remitido al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, su propuesta para reformar la Ley Orgánica de Salud para asegurar la "seguridad jurídica" de la gestión de la pandemia y evitar fallos como el conocido este jueves del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

"Es absolutamente imprescindible modificar la Ley Orgánica de Salud Pública para poder gestionar con eficacia por parte de las comunidades autónomas la pandemia", ha manifestado Feijóo en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consello.

El jefe del Ejecutivo gallego ha sostenido que se trata de una propuesta "constructiva, leal y hecha por expertos" de Galicia, que "bebe en las fuentes del Tribunal Constitucional" e incluye un catálogo de medidas para que los presidentes autonómicos puedan "actuar con seguridad" y sin que se produzcan situaciones como la que se está viviendo este jueves la Comunidad de Madrid.

Feijóo ha incidido en que las Administraciones autonómicas necesitan de mecanismos útiles y efectivos para ejercer sus competencias; y que ese instrumento no es el estado de alarma. "El estado de alarma es una medida excepcional y no resulta adecuado acudir a ella para un control sistemático y diario de la pandemia", ha argumentado.

Precisamente, este es uno de los puntos que recoge la propuesta trasladada por Feijóo, un texto de siete folios en los que se subraya que "no procede acudir de manera continuada al estado excepcional de alarma ante cada rebrote de la enfermedad que se produzca" si se le puede "hacer frente con los mecanismos de tutela de la salud pública previstos en la legislación sanitaria".


CATÁLOGO DE MEDIDAS

En lo referente al catálogo de medidas limitativas de los derechos y las libertades que pueden adoptar las autoridades sanitarias para el control de las enfermedades, el titular de la Xunta ha destacado, en primer lugar, las referidas al control de las personas enfermas, así como el sometimiento de estas al tratamiento adecuado.

Tras ello, se ha referido a las acciones de control destinadas a os llamados contactos estrechos: su sometimiento a observación o vigilancia de su estado de salud, examen médico o pruebas diagnósticas, así como las medidas de prevención de la enfermedad e incluso la vacunación.

"Tenemos que regular que esta vacuna es una vacuna obligatoria y, por lo tanto, estar preparados para que, cuando la tengamos, la vacuna obligatoria no sea una cuestión que tengamos que judicializar, sino que sea una cuestión que la ley orgánica prevé expresamente", ha manifestado.

En tercer lugar, ha señalado el control del entorno de los enfermos y de las zonas afectadas: medidas que comporten la limitación o restricción de la circulación; de control de salida o de entrada en la zona; restricciones en las agrupaciones o concentraciones, incluidas las reuniones privadas; y la posibilidad de realizar pruebas diagnósticas de grupos de población determinados.

El presidente de la Xunta ha señalado que todas estas deben formar parte del ordenamiento jurídico en el ámbito de la legislación sanitaria de forma "inmediata" para "no" tener que "vivir en un sobresalto continuo".

En cuanto a los requisitos, Feijóo ha precisado que estas restricciones se adoptarán con la urgencia que el caso requiera, de forma motivada, y que deberán publicarse en el diario oficial correspondiente y serán siempre temporales.

Además, ha subrayado que respetarán siempre la dignidad de la persona, se buscará con preferencia la colaboración voluntaria, no se podrán ordenar medidas obligatorias que impliquen riesgo para la vida, y se procurará siempre que sean las que menos perjudiquen el principio de libre circulación y libertad de empresa, entre otros derechos. "En definitiva, tienen que ser adecuadas, necesarias y ponderadas", ha concluido.


LIMITACIONES EN OURENSE

Precisamente, preguntado sobre si una decisión como la del TSJM puede afectar a las medidas adoptadas por la Xunta para combatir los contagios en Ourense, Feijóo ha señalado que el propio fallo del tribunal madrileño avisa de que no hay una legislación "adecuada y suficiente" para garantizar que las medidas que adopten las autoridades de salud pública puedan ser validadas por los tribunales.

"Hay un vacío legal, una ausencia de regulación con rango de ley orgánica para que las comunidades autónomas podamos gestionar la pandemia, y el TSJM recuerda que la legislación actual española carece de contenido y de precisión para poder autorizar esas restricciones de derechos sin que se active el Estado de Alarma", ha indicado.

Además, en relación a las restricciones adoptadas por la Xunta en Ourense, ha señalado que en Galicia se intenta "motivar todas las decisiones" y que, "por el momento", el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) las "está autorizando". "Hay decisiones que en este momento están todavía pendientes de supervisar como las de Ourense", ha reconocido Feijóo, que ha sostenido que son "iguales o similares" a las adoptadas en el pasado mes de julio en A Mariña y que sí fueron respaldadas judicialmente.

"Entendemos que si las primeras debían ser autorizadas, entendemos que también las segundas", ha subrayado para afirmar que "ya es suficiente la inseguridad del virus como para añadir una inseguridad jurídica simplemente por la negativa a legislar cuando es imprescindible".

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