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La Justicia tumba por enésima vez a la Xunta el proyecto eólico de Oribio, con una DIA del gobierno de Fraga​

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso interpuesto por la Asociación Sociocultural O Iribio y ha acordado la anulación, por ser disconforme a derecho, del acuerdo aprobado por el Consello de la Xunta el 27 de junio de 2019 para la modificación definitiva del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal del parque eólico de Oribio, situado en la Zona Especial de Conservación (ZEC) Os Ancares-O Courel, en Lugo.

El TSXG anula el acuerdo de la Xunta para modificar el parque eólico de Serra do Oribio 

La Justicia tumba por enésima vez a la Xunta el proyecto eólico de Oribio, con una DIA del gobierno de Fraga


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Un nuevo episodio del pulso por la construcción de un proyecto eólico en la Serra do Oribio, una Zona de Especial Conservación donde se intenta reintroducir al oso pardo y con aves protegidas.


La Delcaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto data de 2005, cuando todavía Manuel Fraga presidía el Gobierno de Galicia. El TSXG considera que está caducada.


Estado de las obras del Parque Eólico de O Iribio en una imagen del facebook de Salvemos O Iribio

Obras en Oribio 


El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso interpuesto por la Asociación Sociocultural O Iribio y ha acordado la anulación, por ser disconforme a derecho, del acuerdo aprobado por el Consello de la Xunta el 27 de junio de 2019 para la modificación definitiva del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal del parque eólico de Oribio, situado en la Zona Especial de Conservación (ZEC) Os Ancares-O Courel, en Lugo.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha dejado sin efecto el contenido de ese acuerdo y ha impuesto a la Administración las costas del juicio hasta un máximo de 1.500 euros.

El alto tribunal gallego entiende que el proyecto 2007-2009, autorizado por la resolución de 31 de mayo de 2007, con la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada el 12 de agosto de 2005, está caducado, pues no se explotó ni estuvieron instalados aerogeneradores.

La resolución que lo autorizaba indicaba que el promotor tendría un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha de ocupación de los terrenos para la puesta en marcha de la instalación, indican los jueces, quienes subrayan que no se puede "modificar lo que no existe".


DECLARACIÓN "OBSOLETA"

La DIA de 2005, según el alto tribunal, resulta "obsoleta para amparar la evaluación ambiental del proyecto modificado de 2018, por los múltiples y variados cambios legislativos y de catalogaciones de especial protección del terreno, no pudiendo entenderse validada por una prospección vía informes gubernativos".


Contra la resolución cabe presentar recurso.

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