Los albergues deberán seguir exigiendo el certificado covid hasta el 18 de diciembre para operar al 100%

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado luz verde a la solicitud de la Xunta para ampliar hasta el 18 de diciembre que los albergues puedan exigir el certificado covid para operar al 100% de su capacidad.

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Archivo - Una peregrina accede a un albergue, a 9 de octubre de 2021, en Santiago de Compostela, A Coruña, Galicia (España). Galicia amplía desde este sábado el aforo en interiores, así como las reuniones en locales de hostelería a 10 personas dentro y 20

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado luz verde a la solicitud de la Xunta para ampliar hasta el 18 de diciembre que los albergues puedan exigir el certificado covid para operar al 100% de su capacidad.

La resolución, dictada este jueves por la sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSXG, autoriza la prórroga de la Xunta hasta la medianoche del 18 de diciembre a que los albergues amplíen su capacidad hasta el 100% siempre que pidan el certificado covid a los clientes mayores de 12 años.

Así, el tribunal entiende que se mantiene "el juicio de idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida". "Continuamos en una situación epidemiológica --empeorada-- que determina un riesgo de transmisión del virus apreciable hasta el punto de hacerse necesaria la regulación de determinadas actividades para que su ejercicio sea compatible con la contención de su expansión", señalan los magistrados en su resolución.

Los jueces hacen referencia al informe remitido por la Administración autonómico en su solicitud para ampliar el plazo de la medida, que fue autorizada mediante otra resolución del Alto Tribunal gallego a finales de octubre que vencía este sábado 20 de noviembre.

Así, resaltan que los datos epidemiológicos en la Comunidad galelga han empeorado a lo largo de la última semana, con una tasa de incidencia del virus superior a la de hace una semana, tendencia al alza del porcentaje de positividad en las pruebas diagnósticas y un aumento de los ingresos en las unidades de críticos.

Por todo ello, la sala determina en su fallo, contra el que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que sigue estando justificado exigir este certificado a sus usuarios.

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