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La defensa de Alfonso Basterra pide su absolución por falta de pruebas y ve "quebrantamiento de garantías penales"

La abogada de Alfonso Basterra, condenado a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta, ha recurrido la sentencia condenatoria pidiendo la absolución de su defendido por falta de pruebas de cargo válidas, al tiempo que ha hecho hincapié en el "quebrantamiento de normas y garantías penales" durante el proceso.



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La abogada de Alfonso Basterra, condenado a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta, ha recurrido la sentencia condenatoria pidiendo la absolución de su defendido por falta de pruebas de cargo válidas, al tiempo que ha hecho hincapié en el "quebrantamiento de normas y garantías penales" durante el proceso.



En su recurso, presentado este lunes, Belén Hospido pide la absolución de Alfonso Basterra de los cargos alegando que fue condenado "sin prueba alguna de cargo válida" y obviando "contraindicios relevantes". De hecho, la letrada considera que se vulneró el "derecho a la presunción de inocencia" de Basterra y que, dada la argumentación del veredicto y la "falta de pruebas", se ejerció una "presunción de culpabilidad" contra su defendido.



Asimismo, el recurso alerta de que antes y durante el proceso se han "quebrantado normas y garantías penales" que han "generado la efectiva indefensión" de Alfonso Basterra, por lo que pide que la causa sea devuelta a la Audiencia Provincial para la "celebración de un nuevo juicio".



Entre las cuestiones que la abogada considera que han generado "indefensión" para Alfonso Basterra está la "publicidad de las sesiones" y su "retransmisión" a través de los medios de comunicación, algo que favoreció un "juicio paralelo" y pudo contaminar a los testigos.



Además, Hospido critica que no se aceptase la inclusión de medios de prueba adicionales propuestos por la defensa --como información respecto al pederasta de Ciudad Lineal y la inspección ocular de la zona donde fue localizado el cadáver-- y que se incluyesen periciales realizadas por un solo facultativo o defendidas en sala sólo por uno de sus autores.



PARCIALIDAD DE LAS INSTRUCCIONES



A mayores, la letrada critica también las instrucciones dadas por el presidente del tribunal, Jorge Cid Carballo, al jurado popular para su deliberación, que, en su opinión fueron "parciales", "ambiguas" y "poco esclarecedoras".



También afea a Cid Carballo la inclusión en la sentencia, en el capítulo de hechos probados, de afirmaciones "perjudiciales" para Alfonso Basterra que no han sido incluidas en el veredicto. Las cuestiones que apunta abarcan, sobre todo, detalles de la narración de lo ocurrido la tarde de la muerte de la niña que no están presentes de forma explícita en el veredicto.



Asimismo, y aunque algunas de estas cuestiones ya fueron recurridas y rechazadas en momentos procesales anteriores, la letrada vuelve a criticar el mantenimiento del secreto de las actuaciones y la actuación "parcial" del juez instructor, José Antonio Vázquez Taín, lo que, critica, también causó indefensión para el condenado.



En la misma línea, hace hincapié en la grabación de conversaciones entre los condenados en el cuartel de Lonzas, poco después de ser detenidos, y que no fueron admitidas en juicio y apunta a "dilaciones indebidas" en la tramitación del recurso de apelación contra el auto resolutorio de cuestiones previas.



MODIFICACIÓN DE LA SENTENCIA



Finalmente, el recurso hace referencia de forma subsidiaria a la necesidad de modificar la condena eliminando la circunstancia agravante de alevosía, dado que la redacción del veredicto "excluye la idea de anulación completa de capacidad de defensa".



Paralelamente, asegura que en el objeto del veredicto no se incluyó valoración sobre el agravante de parentesco, por lo que también reclama su inclusión. Por ello, en todo caso, estima que la pena debería ser la mínima para el delito de homicidio, 10 años de prisión.

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