Nuevo recurso contra el traslado de Luis Villares, juez al que Rueda critica

El presidente de la Xunta se queja de el magistrado pareció no tener en cuenta que sus superiores tumbasen sus sentencias contrarias a los intereses de la Xunta. Jueces por la Democracia presenta un recurso contra el traslado forzoso del juez, quien, como adelantó Galiciapress la semana pasada, también ha recurrido la decisión ante el CGPJ.


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La asociación progresista Jueces por la Democracia denuncia graves defectos de forma en los cuatro cambios de sección dictados por la presidenta de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, entre ellos el del magistrado que paralizó decenas de parques eólicos. El presidente de la Xunta evita valorar el fondo de este recurso y del que presentó el propio juez pero lanza una velada crítica al magistrada. 

 

Archivo - El magistrado del TSXG Luis Villares
Archivo - El magistrado del TSXG Luis Villares

 

La batalla judicial por el destino profesional del magistrado Luis Villares acaba de abrirse en un nuevo frente. La asociación Jueces y Juezas para la Democracia (JJpD) ha presentado un recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra las resoluciones por las que la presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), María Azucena Recio González, acordó alterar la composición de las secciones de dicha sala, afectando a cuatro magistrados, entre ellos el propio Villares. La asociación considera que las decisiones «adolecen de graves defectos» que ponen en entredicho la inamovilidad judicial y, con ella, la independencia del poder judicial.

 

El recurso de JJpD se suma al que el propio Villares interpuso de forma individual ante el mismo CGPJ, tal y como confirmaron fuentes oficiales del órgano de gobierno de los jueces a Galiciapress la semana padada. La otra magistrada trasladada desde la sección tercera, Dolores López, no ha recurrido por el momento.

 

Sin audiencia y sin motivación suficiente

El argumento central de la asociación es de naturaleza formal: el procedimiento que condujo a los cuatro traslados se llevó a cabo sin dar audiencia previa a los magistrados afectados, y con una motivación que JJpD califica de «meramente aparente e inidónea» para justificar una medida de tal calado. 

 

La asociación invoca expresamente la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Bilinski contra Polonia y la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 6 de marzo de 2025, que exigen la concurrencia de motivos claros y criterios objetivos para cualquier decisión que afecte a la composición de los órganos judiciales.

 

Según JJpD, la ausencia de esos criterios objetivos resulta especialmente preocupante en un contexto que la propia asociación define como marcado por «presiones por parte de representantes políticos y empresariales», lo que hace «más necesario, si cabe, extremar las garantías». La quiebra de la forma, advierten, junto con la falta de motivación suficiente, genera «un riesgo evidente para la inamovilidad y la independencia del tribunal» que la organización declara no poder ignorar.

 

Además del recurso de fondo, JJpD ha solicitado al CGPJ la suspensión cautelar de los acuerdos recurridos, recordando que los defectos en la formación de los órganos judiciales pueden llegar a convertirse en motivo de nulidad de sus resoluciones según la jurisprudencia del TEDH.

 

Legitimación reforzada

Sobre su capacidad para actuar como recurrente, la asociación se ampara en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la jurisprudencia del TEDH, que no solo les «capacita sino que también les obliga a actuar en defensa de la independencia judicial». JJpD alude también a las recientes conclusiones de la abogada general del TJUE, Capeta, en el asunto C-555/24, que reconoce la consideración especial de las asociaciones judiciales en la defensa del estatuto de la judicatura, así como a la jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo sobre fundaciones y asociaciones de interés general.

 

La organización, con más de cuarenta años de historia, confía en que «el sistema de garantías de un Estado de Derecho robusto» conjure lo que describe como «un verdadero y objetivo peligro para la independencia judicial y la integridad del sistema jurisdiccional europeo».

 

Rueda lanza una pulla contra el juez Villares por, dice, desoir a instancias superiores

El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, fue preguntado este lunes por el recurso de Villares y respondió con cautela institucional. «Los recursos están para presentarlos cuando no se está de acuerdo con una decisión judicial», afirmó, añadiendo que el Gobierno gallego «nunca va a descalificar a los tribunales». Sin embargo, matizó que «otra cosa son los comentarios y las valoraciones que acompañan a la presentación de ese recurso», en una referencia implícita a las críticas que Villares y sus apoyos han dirigido a la presidenta de la sala.

 

Rueda recordó que la Xunta «estuvo muy en desacuerdo» con las decisiones judiciales que consideraba erróneas y que «estaban perjudicando gravemente las posibilidades de desarrollo del tejido industrial gallego». Pero su estrategia, subrayó, fue «recurrir y ganar esos recursos», aunque esa victoria «muchas veces no significase nada para algunas personas encargadas de poner sentencias», una velada crítica a las decisiones del TSXG que siguieron tumbando eólicos.

 

Decenas de parques eólicos en el fondo del debate

El traslado de Villares de la sección tercera a la cuarta del TSXG fue justificado por Recio González en la necesidad de preservar la imagen de imparcialidad de la sección, después de que el Tribunal Supremo anulase varias sentencias dictadas con su participación alegando que estaban contaminadas por las opiniones expresadas durante su etapa como líder de la confluencia de izquierdas En Marea. Los otros tres traslados se argumentaron en razones organizativas.

 

La polémica trasciende, no obstante, lo estrictamente corporativo. La sección tercera, bajo los criterios aplicados por Villares y otros magistrados, había acordado la paralización cautelar de cerca de noventa parques eólicos en Galicia, al entender que correspondía a la Administración demostrar que su evaluación ambiental descartaba impactos incompatibles con la normativa. Un criterio opuesto al que sostienen los promotores eólicos y la Xunta, para quienes, dada la consideración prioritaria de las renovables en la legislación europea, es el recurrente quien debe acreditar las deficiencias de la evaluación.

 

Ahora será el Pleno del CGPJ —en el que la Comisión Permanente está bajo control conservador— quien decida si los traslados de Recio se sostienen o si los recursos, tanto el de Villares como el de JJpD, abren una grieta en una decisión que, en la práctica, puede redefinir el futuro de la energía eólica en Galicia y de miles de empleos e inversiones vinculados al sector.

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