#Claves de la semana

El jurado considera al acusado del crimen de Chapela culpable de asesinato con dolo eventual

Ven probados dos atenuantes, por lo que la Fiscalía rebaja la petición de pena a 14 años y 11 meses de prisión


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Acusado del crimen de Chapela
Acusado del crimen de Chapela / Foto: @EP

El tribunal de jurado constituyó en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha declarado culpable de asesinato a Manuel M.B., juzgado por asfixiar a su proveedor de cocaína en su domicilio de la parroquia de Chapela, en Redondela, en enero de 2021.

 

El tribunal ha considerado probado por unanimidad que Manuel, en la noche del 27 de enero de 2021, llamó a Roberto C.P. para ir a su casa a comprarle cocaína y que llevó consigo unos guantes de látex y una cinta de embalar. También entiende aprobado por unanimidad el hecho de que lo mató y que luego le ató de manos y piernas y lo amordazó con la cinta que había llevado.

 

La mayoría del jurado —7 votos contra 2— considera que Manuel agarró por el cuello a la víctima, desde su espalda, sin que Roberto tuviera la posibilidad de reaccionar y defenderse. Asimismo, por la misma mayoría han determinado que la patología previa de laringe que padecía, junto al hecho de que tenía comida en la boca,, pues estaba cenando en el momento del ataque, y que se le había movido la dentadura postiza, facilitaron una asfixia más rápida.

 

El jurado ha determinado que Manuel cometió un asesinato con dolo eventual, es decir, que aunque no tuviera intención de matar sabía que con su acción podría provocarle la muerte y aún así no detuvo esa acción.
 

ATENUANTES

En lo que se refiere a las circunstancias modificativas de la responsabilidad pena, el tribunal popular ve probada la atenuante de cooperación con la justicia, ya que Manuel indicó a la Policía dónde había enterrado las llaves y el teléfono de Roberto, que se llevó a su casa después de asfixiarlo.

 

Por otro lado, y en base a lo indicado en los informes forenses, se ha considerado por unanimidad que el acusado no tenía ninguna patología psiquiátrica y que "discernía el bien y el mal" cuando actuó. La mayoría de los miembros del tribunal, no obstante, han entendido que su trastorno de personalidad, con dificultades para controlar sus impulsos, así como su adicción a la droga, pudieron mermar levemente sus capacidades.
 

La Fiscalía, que inicialmente pedía 18 años de cárcel por asesinato, ha rebajado un grado su calificación y, por tanto, también la petición de condena, de manera que solicita que se le impongan 14 años y 11 meses de cárcel.

 

La defensa, que pedía una condena por homicidio imprudente, ha solicitado la pena mínima para asesinato con esas dos atenuantes, de 7 años, 6 meses y 1 día de prisión.

El tribunal de jurado se ha mostrado desfavorable por unanimidad a que se le conceda a Manuel M.B. la suspensión de la ejecución de la pena o el indulto.
 

HECHOS

El asesinato de Roberto C.P. ocurrió en la noche del 27 de enero de 2021, y su cuerpo fue localizado el 30 de enero. El acusado acudió a su casa a comprar droga y, como su proveedor no le quiso fiar, lo agarró por el cuello y lo asfixió.

 

Posteriormente, lo ató de pies y manos y lo amordazó con cinta de embalar, y se fue del domicilio, en la parroquia redondelana de Chapela, llevándose las llaves y el teléfono móvil de la víctima, que luego escondió en una zona de monte.


Manuel M.B. fue detenido a mediados de marzo de 2021, después de una investigación en la las huellas y el ADN en un trozo de guante que se quedó bajo el cadáver, así como el análisis de las conexiones de antenas de telefonía móvil, llevaron a la Policía hasta él.

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