TSXG confirma 8 años y medio de prisión para el autor del intento de asesinato con machete en una discoteca de Ourense
El tribunal rechaza el recurso del acusado y avala la valoración probatoria realizada por la Audiencia Provincial
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena de ocho años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Ourense a un joven de 25 años por intentar asesinar a otro con un machete en el interior de una discoteca de la ciudad de As Burgas en marzo de 2023.
Así, el alto tribunal gallego ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el condenado, al considerar que la sentencia de primera instancia ofrece una "ponderación cabal y exhaustiva" de las pruebas.
El acusado, de origen dominicano y en situación irregular en España, agredió a la víctima por la espalda con un machete de 45 centímetros tras un altercado previo entre ambos esa misma madrugada. El golpe en la cabeza provocó una fractura craneal y diversas lesiones al agredido, que logró quitarle el arma al agresor en un forcejeo antes de que éste huyera del local.
TESTIMONIO CLAVE DE LA VÍCTIMA
En su resolución, el TSXG destaca la elevada compatibilidad entre el testimonio de la víctima y el resto de pruebas del caso, entre ellas el hallazgo de ADN del acusado en la chaqueta y el machete intervenidos. Los jueces recalcan que "la fiabilidad de la información transmitida por la víctima se nutre de su elevadísimo grado de compatibilidad con el resultado del elenco probatorio".
La defensa alegó un error en la identificación y apuntó a un compañero de piso del acusado como posible autor, argumentando que éste fue sorprendido por la Policía con el arma tras el suceso. No obstante, el tribunal rechaza esta hipótesis y considera que "la autoría del procesado queda acreditada con contundencia", en base a pruebas testificales, forenses y documentales.
El acusado, que permanece en prisión provisional desde hace dos años, había solicitado la absolución y alegaba también la vulneración de derechos fundamentales por la denegación de pruebas durante el juicio. Sin embargo, el TSXG sostiene que no se produjo indefensión y que las pruebas admitidas fueron suficientes para sustentar el fallo.
La sentencia ahora confirmada incluye además una indemnización de 4.400 euros para la víctima, una orden de alejamiento de 10 años, y la expulsión del condenado de España una vez obtenga la libertad condicional. Contra el fallo cabe todavía recurso ante el Tribunal Supremo.
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