El TS ratifica la condena a una empresa de seguridad por vulnerar el derecho a la integridad de una empleada de Alvedro
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a una empresa de seguridad del aeropuerto de Alvedro por vulnerar el derecho a la integridad moral de una trabajadora.
Lo hace tras ratificar, según recoge el fallo al que ha tenido acceso Europa Press, el contenido del emitido en su día por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que concluyó que se incumplió la obligación de impedir que coincidiese con uno de sus compañeros, medida que se estableció en el protocolo antiacoso.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) declaró que la empresa vulneró el derecho fundamental a la integridad moral de la trabajadora por lo que la condenó al cese del comportamiento lesivo y a indemnizar a la demandante con 20.000 euros.
La Sala de lo Social estimó el recurso interpuesto por la afectada contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña y concluyó que la compañía incumplió la obligación de impedir que la afectada coincidiese con uno de sus compañeros, medida que se le había impuesto como consecuencia de la tramitación del protocolo antiacoso.
Ahora, el Supremo sostiene que no hay razones que conduzcan a la admisión del recurso formulada por la empresa y no ve las contradicciones motivadas por esta parte en relación al fallo del alto tribunal gallego.
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