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Un juzgado declara "nula de pleno derecho" la decisión de anular un pleno de moción de censura en Fene (A Coruña)

Otra sentencia del TSXG estima que los ediles de Somos Fene tienen plenos derechos como grupo municipal

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Otra sentencia del TSXG estima que los ediles de Somos Fene tienen plenos derechos como grupo municipal

El alcalde de Fene, Gumersindo Galego (PP), ha dado cuenta de una sentencia dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Ferrol, estimando el recurso presentado por el Partido Popular, que ha ha declarado "nula de pleno derecho" la decisión de la presidenta de la Mesa de Edad de anular una moción de censura.

Durante la celebración de un pleno extraordinario en octubre de 2017, convocado para debatir una moción de censura, este punto no llegó a materializarse, dado que, gracias al voto de calidad de la presidenta de la Mesa de Edad (integrante del grupo del BNG), se suspendió la sesión, lo que facilitó que el nacionalista Juventino Trigo (BNG) continuara durante casi seis meses más al frente de la Alcaldía.

Esta decisión se tomó alegando que no estaba acreditado que los ediles de Somos Fene tuvieran la condición integrantes en este grupo municipal.

Según el regidor popular, el fallo recoge que "no hubo causa que amparase la polémica decisión de suspender aquella sesión plenaria, que permitió la continuidad del gobierno formado por BNG e EU". De hecho, la sentencia "recoge que la moción reunía los requisitos exigidos por la ley y acreditados, al inicio de la misma, por la secretaria municipal" y que, además, "ningún hecho ocurrió entre la convocatoria lícita del pleno y su celebración".

PAGO DE LAS COSTAS
Galego, acompañado por el portavoz del grupo municipal Somos Fene, Xosé Manuel Bastida, con el que comparte gobierno local, ha destacado que "tanto el PP como Somos Fene" tuvieron que "recurrir a los juzgados para defender" sus "derechos" ante "los abusos del entonces alcalde, costeando con recursos propios la defensa".

Así, han acusado al que fue durante tres años regidor fenés de "hacer todo lo contrario". "Presentó los recursos en nombre del Ayuntamiento de Fene y, por tanto ahora, será la administración la que tenga que abonar las costas impuestas al perder las causas", han indicado.

Por su parte, Bastida ha trasladado que la última sentencia que ha afectado a su formación política, integrada por otro edil, Cesar Castro, ha sido dictada por el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) y "desestima el recurso de apelación interpuesto por la Diputación Provincial de A Coruña, en representación del Ayuntamiento de Fene, (aún dirigido por Juventino Trigo) contra otra sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ferrol.

Este auto "ya declaraba lo que viene ahora a corroborar" este: "Que siempre fuimos concejales de Somos Fene y que tan sólo nos debemos a sus votantes", ha explicado.

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